Medidas a medio y largo plazo

El Comité de protección del medio marino (MEPC) en su 76º periodo de sesiones, en junio 2021, aprobó el plan de trabajo tiene por objeto avanzar en la elaboración de medidas a medio y largo plazo de acuerdo con la "Estrategia inicial de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques" y su Programa de medidas de seguimiento. (descargue el plan de trabajo aquí).

El plan de trabajo tiene como objetivo apoyar la consecución de la visión y los niveles de ambición acordados en la Estrategia inicial y consta en tres fases principales:

  • Fase I: Recopilación y examen inicial de las propuestas de medidas para poder comprender y compararsus características e implicaciones principales con el fin de determinar las cuestiones clave que deben tenerse en cuenta en relación con cada medida propuesta, junto con consideraciones sobre sus posibles repercusiones en los Estados de acuerdo con la circular MEPC.1/Circ.885 sobre el Procedimiento para evaluar las repercusiones de las posibles medidas en los Estados. El plazo para la fase 1 es de la primavera de 2021 a la primavera de 2022.

  • Fase II: Evaluación y selección de la medida o medidas que van a elaborarse. La información obtenida en la fase I se utilizará para seleccionar la medida o medidas que van a elaborarse con carácter prioritario. Esta decisión se basará en una evaluación de las medidas propuestas, en particular su viabilidad, su eficacia para alcanzar los niveles de ambición a largo plazo de la Estrategia inicial y sus posibles repercusiones en los Estados. El periodo de tiempo para la Fase II es de la primavera de 2022 a la primavera de 2023. Las deciones sobre las medidas que van a elaborarse con carácter prioritario podrán adoptarse cuando se revise la Estrategia inicial.

  • Fase III: Elaboración de una o varias medidas que se ultimarán en las fechas acordadas. En el caso de que se modifiquen los instrumentos jurídicos existentes, se prepararán las enmiendas pertinentes. En el caso de que se elabore un instrumento jurídico nuevo, se preparará un marco para que el MEPC lo examine con el fin de decidir el modo de proceder. A fin de respaldar este proceso, podrían realizarse un esquema detallado de la información de apoyo del marco y una evaluación de cómo la medida o medidas seleccionadas cumplirán los niveles de ambición a largo plazo. El plazo o plazos de la fase III deben acordarse de conformidad con la Estrategia de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques.

La implantación del plan de trabajo incluye la evaluación de las repercusiones en los Estados de las medidas propuestas, de conformidad con el "Procedimiento para evaluar las repercusiones de las posibles medidas en los Estados" que figura en la circular MEPC.1/Circ.885, teniendo en cuenta los resultados del ejercicio de aprendizaje a partir de la evaluación amplia de las repercusiones de la medida a corto plazo. Una vez se adopte y promulgue una medida, se mantendrá su implantación y sus repercusiones sometidas a examen, si así lo solicitan los Estados Miembros, de modo que puedan realizarse los ajustes necesarios.

El ISWG-GHG 10 (del 18 al 22 de octubre de 2021) utilizó la Fase I del plan de trabajo para orientar su consideración de posibles medidas de reducción de GEI a medio plazo.

El ISWG-GHG 12 (del 16 al 20 de mayo de 2022) examinará propuestas concretas de medidas a medio y largo plazo y las evaluaciones de las repercusiones conexas en el contexto de la fase I del plan de trabajo para la elaboración de medidas a medio y largo plazo, incluido el examen adicional de las consideradas por el ISWG-GHG 10 y el MEPC 77, así como la propuesta de establecer el Panel internacional de investigación y desarrollo marítimo.