Seguridad privada armada

La OMI aprueba nuevas orientaciones provisionales sobre el personal de protección armado de contratación privada

Como consecuencia del aumento de los niveles de piratería en el Océano Índico Occidental y el Golfo de Adén, especialmente entre 2005 y 2009, se ha empleado personal de seguridad armado contratado de forma privada (PCASP) para la protección a bordo de algunos buques mercantes que operan en esa región o navegan por ella.

El transporte de armas de fuego a bordo de buques mercantes es una cuestión jurídica compleja en la que los Estados miembros de la OMI adoptan posiciones diversas. Dado el carácter verdaderamente mundial del sector del transporte marítimo, con numerosas partes interesadas, el transporte marítimo se beneficia de la armonización de los procedimientos, la adopción de normas mínimas comunes y la claridad con respecto a los regímenes jurídicos nacionales, lo que representa el núcleo de la labor de la OMI.

Los buques que utilizan PCASP están sujetos a regímenes jurídicos muy diversos y en aquel momento no existían normas mínimas de rendimiento acordadas para el PCASP.

Evolución de la posición de la OMI sobre el PCASP

A lo largo de varios años, la postura del Comité de Seguridad Marítima (CSM) de la OMI sobre esta cuestión ha evolucionado desde:

.1 "se desaconseja enérgicamente el porte y uso de armas de fuego para la protección personal o la protección de un buque" (MSC/Circ.623, anexo párrafo 40 (18 de junio de 1993)); a

.2 "los Estados de abanderamiento deberían desalentar enérgicamente el porte y el uso de armas de fuego por la gente de mar para su protección personal o para la protección de un buque" ( MSC.1 /Circ.1333, anexo, párrafo 5 (26 de junio de 2009) - Actualizado y revocado por MSC.1-Circ.1333-Rev.1 en junio de 2015), a

.3 la posición actual de reconocer tácitamente que el despliegue de personal de protección armado a bordo de los buques se ha convertido en una práctica aceptada del sector y de los Estados de abanderamiento en determinadas circunstancias.


En mayo de 2011, el CSM reafirmó su postura de que ni aprueba ni condena el uso de personal armado a bordo de buques mercantes y aceptó que el transporte de personal armado era una decisión individual sujeta a la legislación de los Estados de abanderamiento. Se aceptó que algunos armadores utilizan personal armado a bordo de los buques, de ahí la necesidad de que la OMI elabore orientaciones adecuadas, teniendo en cuenta la necesidad de extremar las precauciones en cuestiones relacionadas con la responsabilidad, la jurisdicción, la soberanía, los buques en tránsito y los derechos de paso inocente, entre otras cuestiones.

Si bien la Organización reconoce que el personal de seguridad armado a bordo de los buques se ha convertido en una industria aceptada, su uso no debe considerarse como una alternativa a otras medidas de protección, tales como las Mejores Prácticas de Gestión para la Protección contra la Piratería basada en Somalia (BMP4), que fue difundida por la OMI a través de MSC.1/Circ.1339, en septiembre de 2011.

Orientaciones y recomendaciones provisionales de la OMI sobre PCASP

A lo largo de los años, el MSC ha elaborado, adoptado y actualizado (cuando ha sido necesario) orientaciones provisionales sobre el uso del PCASP a bordo de buques en la Zona de Alto Riesgo (ZAR). Esto incluye orientaciones para armadores, operadores y capitanes de buques, a través de MSC.1/Circ .1405/Rev.2 (mayo de 2012); y para Estados de abanderamiento a través de MSC.1/Circ.1406/Rev.3 (junio de 2015).

En mayo de 2012, el CSM, a través de MSC.1/Circ.1443, elaboró unas orientaciones provisionales para las empresas de protección marítima privadas (EMSP) que prestan PCASP a bordo de buques en la ARM. Estas orientaciones incorporaban un conjunto de normas sobre el uso de la fuerza, para complementar las orientaciones existentes, proporcionar más asistencia en la elaboración de políticas a escala nacional y facilitar una mayor armonización de las políticas a escala internacional relacionadas con la cuestión de la seguridad armada privada a bordo de los buques.

Requisitos de los Estados rectores de puertos y Estados ribereños en materia de PCASP

En septiembre de 2011, el CSM adoptó la circular MSC.1/Circ.1408 sobre recomendaciones provisionales para los Estados rectores de puertos y Estados ribereños en relación con el uso de personal de seguridad armado de contratación privada a bordo de buques en la ARP. Esta Circular del CSM contiene nuevas recomendaciones a los Gobiernos y, en particular, a los Estados ribereños y portuarios, sobre aspectos relacionados con el embarco, desembarco y transporte de personal de seguridad armado de contratación privada (PCASP) y de armas de fuego y equipo relacionado con la seguridad para uso del PCASP.

También en septiembre de 2011, el MSC adoptó MSC-FAL.1/Circ.2 sobre el cuestionario relativo a la información sobre los requisitos de los Estados rectores de puertos y ribereños en relación con el PCASP a bordo de buques, que se difundió para que los Gobiernos Miembros de la OMI, en su calidad de Estados rectores de puertos y ribereños, facilitaran información relativa a sus requisitos individuales en relación con el uso de PCASP en sus aguas territoriales.

El cuestionario anexo a la Circular se elaboró, en particular, para facilitar al sector el cumplimiento de los requisitos especificados cuando opera en aguas territoriales de Estados rectores de puertos y Estados ribereños o navega por ellas. A través de él, se anima a los Gobiernos Miembros de la OMI y, en particular, a los de los Estados costeros ribereños del Océano Índico, Mar Arábigo, Golfo de Adén y Mar Rojo, a dar a conocer su legislación, políticas y procedimientos nacionales pertinentes relativos al transporte, embarque y desembarque de armas de fuego y equipos relacionados con la Protección a través de su territorio y al movimiento de PCASP.

El panel situado en la parte superior derecha de esta página web, titulado Port and Coastal States PCASP requirements in accordance to MSC-FAL.1/Circ.2, contiene las respuestas facilitadas hasta la fecha por algunos Estados rectores de puertos y Estados ribereños, sobre sus requisitos nacionales relativos al uso de PCASP en sus aguas territoriales. Se anima a los Gobiernos Miembros de la OMI que aún no lo hayan hecho a que faciliten información a la Organización sobre sus normativas relativas al PCASP. La OMI difundió un recordatorio oficial sobre esta cuestión mediantela Circular n.º 3366/Add.1 de 17 de julio de 2014.

Orientaciones y recomendaciones pertinentes de la OMI

MSC .1/Circ.1443 sobre Orientaciones provisionales para las compañías de protección marítima privada que proporcionan personal de protección armado contratado a bordo de buques en la zona de alto riesgo;

MSC.1/Circ.1408 sobre Recomendaciones provisionales para los Estados rectores de puertos y Estados ribereños en relación con el empleo de personal de protección armado contratado con carácter privado a bordo de buques en la zona de alto riesgo;

MSC.1/Circ.1406/Rev.3 sobre Recomendaciones provisionales revisadas para los Estados de abanderamiento sobre la utilización de personal de protección armado de contratación privada a bordo de buques en la zona de alto riesgo;

MSC .1/Circ.1405/Rev.2 on Revised interim guidance to shipowners, ship operators and shipmasters on the use of privately contracted armed security personnel on board ships in the High Risk Area; and

MSC-FAL.1/Circ.2: Cuestionario sobre información acerca de los requisitos del Estado rector del puerto y del Estado ribereño en relación con el personal de protección armado de contratación privada a bordo de buques, cuyo objetivo es recopilar información sobre los requisitos actuales.

Trabajo conjunto de la OMI y la ISO sobre las normas PMSC

Tras acordar que el CSM no apoyaba la autocertificación ni la autorregulación por parte del sector de la protección marítima privada, el Comité convino además en que la Organización Internacional de Normalización (ISO ) sería la más indicada para elaborar normas sobre las compañías de protección marítima privadas (EMSP) con la orientación de la OMI, y remitió todas las orientaciones pertinentes de la OMI a la ISO para que sirvieran de documentos de base que se utilizarían en la elaboración de una norma ISO apropiada.

En noviembre de 2012, ISO publicó la especificación disponible al público ISO/PAS 28007:2012. ISO PAS 28007:2012 es un miembro de la serie ISO 28000, donde ISO 28000:2007 es la norma certificable de sistemas de gestión de la seguridad e ISO 28003:2007 proporciona los requisitos para proporcionar auditorías y certificación de ISO 28000:2007. La norma ISO/PAS 28007 establece las directrices para aplicar la norma ISO 28000 a las EMSP. En abril de 2015, la norma ISO/PAS 28007:2012 fue sustituida por la norma ISO/PAS 28007-1:2015, que es una norma ISO de pleno derecho.

Las EMSP pueden aplicar la norma ISO 28000 para demostrar que prestan servicios PCASP adecuados a bordo de los buques.

Cooperación entre la OMI y la OMA sobre los requisitos aduaneros relativos al control de las armas de fuego a bordo de los buques

La OMI ha trabajado en colaboración con la Organización Mundial de Aduanas (OMA), en cuestiones aduaneras relacionadas con el PCASP empleado para proteger a los buques que transitan por el HRA. Como resultado, en octubre de 2011, la OMA difundió entre todos sus Miembros un Cuestionario destinado a ayudar a los Gobiernos Miembros de la OMI a comprender los requisitos de cumplimiento aduanero en relación con el PCASP.

El cuestionario se centra en dos cuestiones clave, a saber, el papel de las Aduanas en el control de las armas de fuego y municiones utilizadas por el PCASP, y la información requerida por las administraciones aduaneras sobre las armas de fuego. Para más información sobre los requisitos aduaneros relativos al control de las armas de fuego a bordo de los buques, pulse aquí. Para consultar las respuestas al Cuestionario sobre los requisitos aduaneros relativos al control de las armas de fuego y municiones a bordo de los buques para su uso por el Personal de Protección Armado de Contratación Privada (PCASP), pulse aquí.