Código de prácticas OMI/OIT/UNECE para el embalaje de unidades de transporte de carga (Código CTU)
El Código de prácticas para el embalaje de unidades de transporte de carga OMI/OIT/UNECE de 2014 (Código CTU), elaborado conjuntamente por la Organización Marítima Internacional (OMI), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE), aborda estas preocupaciones a través de un código de prácticas mundial no obligatorio para la manipulación y el embalaje de unidades de transporte de carga para su transporte por mar y tierra.
El Código CTU de 2014 es una actualización de las Directrices para el embalaje de unidades de transporte de carga OMI/OIT/UNECE de 1997 y fue aprobado por el Comité de Transporte Interior de la UNECE, en su septuagésima sexta sesión (25 a 27 de febrero de 2014), el Comité de Seguridad Marítima de la OMI, en su nonagésima tercera sesión (14 a 23 de mayo de 2014) y el Consejo de Administración de la OIT, en su 322ª sesión (30 de octubre a 13 de noviembre de 2014). El proceso de revisión tuvo lugar entre 2011 y 2013 bajo los auspicios de un grupo de expertos.
Dentro del Código CTU, se proporciona información exhaustiva y referencias sobre todos los aspectos de la carga y la sujeción de la carga en contenedores y otros medios de transporte intermodal, teniendo en cuenta los requisitos de todos los modos de transporte marítimo y terrestre. El Código CTU se aplica a las operaciones de transporte a lo largo de toda la cadena de transporte intermodal y proporciona orientación no solo a los responsables de embalar y sujetar la carga, sino también a los que reciben y desembalan dichas unidades. El Código de Prácticas también aborda cuestiones como la formación y el embalaje de mercancías peligrosas.
El Código CTU tiene por objeto ayudar a la industria, a las organizaciones de empleadores y de trabajadores, así como a los gobiernos, a garantizar la estiba segura de la carga en contenedores. El Código CTU también podría utilizarse como base de referencia para las normativas nacionales y convertirse en un modelo de legislación armonizada a escala internacional en este ámbito, en caso de que surjan tales necesidades.
El Código CTU se publicó recientemente en forma de circular del MSC (MSC.1/Circ.1497) y también puede descargarse del sitio web específico que figura en los enlaces relacionados.
Junto con el Código CTU, el Material Informativo relacionado con el Código CTU (MSC.1/Circ.1498El material informativo fue finalizado por el Subcomité de Transporte de Cargas y Contenedores (CCC) de la OMI en su primera sesión. Sin embargo, aunque el material informativo se menciona en el Código CTU, no forma parte del Código CTU y, por lo tanto, no necesita ser aprobado por los órganos rectores de la CEPE y la OIT.
En el contexto del Código CTU, MSC .1-CIRC.1531 (E).pdf el Comité de Seguridad Marítima, en su nonagésimo sexto período de sesiones (11 a 20 de mayo de 2016), habiendo examinado la propuesta del Subcomité de Transporte de Cargas y Contenedores, en su segundo período de sesiones, aprobó la Lista de comprobación de la diligencia debida en la identificación de proveedores de servicios relacionados con las CTU(MSC.1/Circ.1531).