El Comité de Seguridad Marítima (MSC 106) adoptó el Código Internacional de Seguridad para Buques que Transporten Personal Industrial (Código PI), de obligado cumplimiento.
El Comité de Seguridad Marítima de la OMI (MSC 106) se reunió del 2 al 11 de noviembre de 2022 -resumen completo aquí.
El Comité de Seguridad Marítima (MSC 106) de la OMI, reunido del 2 al 11 de noviembre de 2022, ha adoptado un nuevo código de seguridad obligatorio para los buques que transportan personal industrial, destinado a garantizar la seguridad de las personas transportadas para trabajar en instalaciones mar adentro, incluidos los parques eólicos.
El nuevo Capítulo XV del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) y el nuevo Código Internacional de Seguridad para Buques que Transporten Personal Industrial (Código IP) asociado fueron elaborados por el Subcomité de Diseño y Construcción de Buques(SDC 8) de la OMI.
Su objetivo es establecer normas mínimas de seguridad para los buques que transportan personal industrial, así como para el propio personal, y abordar los riesgos específicos de las operaciones marítimas en los sectores de alta mar y de la energía, como las operaciones de transferencia de personal. Dicho personal puede participar en la construcción, el mantenimiento, el desmantelamiento, la explotación o el servicio de instalaciones mar adentro, como parques eólicos, así como en instalaciones mar adentro de petróleo y gas, acuicultura, minería oceánica o actividades similares.
Está previsto que las enmiendas y el Código entren en vigor el 1 de julio de 2024.
Capítulo II-2 de SOLAS en relación con el punto de inflamación
El Comité adoptó un proyecto de enmiendas al capítulo II-2 de SOLAS, destinadas a impedir el suministro de combustible petrolero que no cumpla los requisitos de SOLAS sobre el punto de inflamación (60°C), mejorando la seguridad de los buques que utilizan combustible petrolero. Se espera que las enmiendas entren en vigor el 1 de enero de 2026.
(Para más detalles sobre otras enmiendas adoptadas, véase el resumen del MSC 106 aquí).
Seguridad de la gente de mar y del transporte marítimo en el Mar Negro y el Mar de Azov
El Comité recibió información actualizada sobre los últimos acontecimientos relacionados con la gente de mar y el transporte marítimo en el Mar Negro y el Mar de Azov. El Comité también recibió información actualizada sobre los últimos acontecimientos relacionados con el funcionamiento satisfactorio de la Iniciativa del Mar Negro sobre los cereales.
Tras su examen, el Comité
alentó al Secretario General de la ONU y al Secretario General de la OMI a seguir trabajando en los esfuerzos humanitarios para evacuar a todos los buques y marinos varados en la zona de conflicto, incluidos los esfuerzos para ampliar la Iniciativa a otros tipos de buques y puertos adicionales;
ha agradecido al Secretario General de la OMI y a la Secretaría su importante contribución al éxito de la Iniciativa de los Granos del Mar Negro, en particular el papel clave desempeñado por el Director de la División de Asuntos Jurídicos y Relaciones Exteriores y el Asesor Especial del Secretario General sobre Protección Marítima
ha tomado nota del éxito alcanzado hasta la fecha por la Iniciativa de los Granos del Mar Negro, que se ha logrado gracias a un enfoque interinstitucional "Una ONU" en el que han participado los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, incluida la OMI, otros organismos internacionales, ONG y los Estados miembros interesados;
ha destacado la importante contribución que la Iniciativa de los Granos del Mar Negro está realizando para aliviar la escasez mundial de suministro de alimentos resultante del conflicto en curso en Ucrania;
recordó que la Iniciativa de los Granos del Mar Negro había sido reconocida por el Secretario General de las Naciones Unidas como un acuerdo histórico para ayudar a las personas vulnerables de todos los rincones del mundo; y
ha adoptado una resolución del CSM sobre las obligaciones de los Estados miembros en relación con los servicios de búsqueda y salvamento en virtud de los Convenios SOLAS y SAR en el contexto de conflictos armados.
Buques de superficie marítimos autónomos (MASS)
El MSC siguió avanzando en la elaboración de un instrumento basado en objetivos que regule el funcionamiento de los buques de superficie marítimos autónomos (MASS). Ello es consecuencia de la finalización de un ejercicio de delimitación del alcance de la normativa. El objetivo es adoptar un Código MASS no obligatorio basado en objetivos, que entrará en vigor en 2025 y constituirá la base de un Código MASS obligatorio basado en objetivos, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2028.
Migración mixta insegura por mar - resolución adoptada
El Comité adoptó una resolución del CSM sobre Cooperación recomendada para garantizar la seguridad de la vida humana en el mar, el salvamento de personas en peligro en el mar y el desembarco seguro de los supervivientes, destinada a subrayar la importancia de una participación eficaz y oportuna de los gobiernos en los casos de salvamento de migrantes en el mar por buques mercantes.
Revisión de las Directrices sobre lugares de refugio para buques necesitados de asistencia
El CSM aprobó una revisión de las Directrices sobre lugares de refugio para buques necesitados de asistencia (resolución A.949(23)). El proyecto de resolución revisada de la Asamblea se presentará posteriormente al Comité de Protección del Medio Marino (MEPC) y al Comité Jurídico (LEG), para su aprobación concurrente, con vistas a su adopción por la Asamblea (A 33) en 2023.
Acceso de la gente de mar a la vacuna COVID-19 y a la atención médica
El MSC instó a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales a aunar esfuerzos en relación con la vacunación de la gente de mar, siguiendo el ejemplo de Panamá, que ofrece fácil acceso a las vacunas COVID19 a toda la gente de mar.
En el contexto de los informes sobre la práctica actual de denegar a la gente de mar la asistencia médica en los puertos, incluida la atención odontológica y óptica, el Comité invitó a los Estados miembros a:
garantizar que los marinos, como trabajadores clave, tienen derecho a ser tratados con dignidad y respeto, teniendo en cuenta que pasan la mayor parte de su tiempo viajando y en el mar con un mayor grado de pruebas y revisiones médicas periódicas que cualquier otra persona, y que sólo pueden visitar tierra durante poco tiempo, por lo que debe respetarse un enfoque humano de sus necesidades y tratamientos médicos; y
reconocer el papel clave de la gente de mar y facilitar su repatriación, el acceso a la atención médica y la protección con respecto a los protocolos de los armadores para evitar el contagio, especialmente durante la relajación gradual de las restricciones COVID-19.
(Para más detalles sobre todas las decisiones del MSC, consulte el resumen del MSC 106 aquí).
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