Reducción del límite mundial de azufre en el fuelóleo de los buques a partir del 1 de enero de 2020.

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A partir del 1 de enero de 2020, el límite máximo mundial del contenido de azufre del fuelóleo de los buques se reducirá al 0,50% (desde el 3,50%). Conocido como "OMI 2020", el límite reducido es obligatorio para todos los buques que operen fuera de determinadas Zonas de Control de Emisiones designadas*, donde el límite ya es del 0,10%.

Reducción del límite mundial de azufre en el fuelóleo de los buques a partir del 1 de enero de 2020

A partir del 1 de enero de 2020 entrará en vigor una normativa mundial que reducirá sustancialmente las emisiones nocivas de óxido de azufre (SOx) de los buques, con importantes beneficios tanto para la salud humana como para el medio ambiente.

A partir del 1 de enero de 2020, el límite máximo mundial del contenido de azufre del fuelóleo de los buques se reducirá al 0,50% (desde el 3,50%). Conocido como "OMI 2020", el límite reducido es obligatorio para todos los buques que operen fuera de determinadas Zonas de Control de Emisiones designadas*, donde el límite ya es del 0,10%.

El nuevo límite supondrá un descenso del 77% de las emisiones totales de SOx de los buques, lo que equivale a una reducción anual de aproximadamente 8,5 millones de toneladas métricas de SOx. También se reducirán las partículas (diminutas partículas nocivas que se forman al quemar combustible).

Como resultado, se espera una reducción de los accidentes cerebrovasculares, el asma, el cáncer de pulmón y las enfermedades cardiovasculares y pulmonares. La reducción de las emisiones de azufre de los buques también contribuirá a prevenir la lluvia ácida y la acidificación de los océanos, lo que beneficiará a los cultivos, los bosques y las especies acuáticas.

El nuevo límite forma parte del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), un tratado medioambiental clave bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI), el organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de elaborar y adoptar normas para prevenir la contaminación por los buques, así como de la seguridad y eficiencia del transporte marítimo y la protección marítima.

La decisión de reducir el límite mundial de azufre en el fuelóleo de los buques al 0,50% se tomó en 2008 y se confirmó de nuevo en octubre de 2016.

La OMI y las partes interesadas del sector han llevado a cabo una ingente labor preparatoria para garantizar que el cambio se produzca sin contratiempos. La OMI ha publicado una serie de directrices para ayudar al sector del transporte marítimo y a sus Estados miembros a prepararse, incluidas orientaciones para la planificación de la implantación en los buques (que abordan cuestiones como la evaluación de riesgos de los nuevos combustibles y la limpieza de los tanques) y directrices para la supervisión por el Estado rector del puerto.

El Secretario General de la OMI, Kitack Lim, ha declarado: "Durante los últimos tres años, los Estados miembros de la OMI, el sector naviero y los proveedores de fuelóleo han trabajado sin descanso para prepararse para este importante cambio en el contenido de azufre del fuelóleo de los buques. Confío en que los beneficios se dejen sentir pronto y en que la aplicación se lleve a cabo sin contratiempos".

Y añadió: "Estoy muy agradecido por todos los esfuerzos realizados por las refinerías, los armadores, la gente de mar, las organizaciones del sector y otros para prepararse para este cambio de enorme importancia, que tendrá importantes beneficios positivos para la salud humana y el medio ambiente."

Para facilitar su aplicación, la Secretaría de la OMI ha creado una línea directa de correo electrónico para atender las consultas de los Estados miembros y del sector marítimo a medida que vaya entrando en vigor el Reglamento.

Para suministrar fuelóleo conforme, las refinerías pueden mezclar fuelóleos con mayor y menor contenido de azufre. También se pueden utilizar aditivos para mejorar otras propiedades, como la lubricidad. Los buques también pueden utilizar combustibles diferentes, con bajo o incluso nulo contenido de azufre - por ejemplo, gas natural licuado, o biocombustibles. Sin embargo, no se recomienda la mezcla de diferentes combustibles a bordo del buque. Los armadores deben consultar las normas pertinentes de la Organización Internacional de Normalización (ISO) (ISO8217 e ISO/PAS 23263:2019). Los armadores deben comprobar la compatibilidad, estabilidad y otras características pertinentes de los combustibles conformes que se vayan a utilizar.

La limitación de los contaminantes atmosféricos mediante la instalación de sistemas de limpieza de los gases de escape, también conocidos como "depuradores", se acepta si los Estados de abanderamiento lo aprueban como medio alternativo para cumplir el requisito de límite de azufre. Los depuradores eliminan los óxidos de azufre de los gases de escape de los motores y calderas de los buques, lo que permite a los buques equipados con ellos seguir utilizando fuelóleo pesado, de conformidad con las directrices de la OMI.

*Mar Báltico; Mar del Norte; zona de América del Norte; zona del Mar Caribe de Estados Unidos

Recursos

  • La página web de la OMI sobreAzufre 2020 responde a las preguntas más frecuentes e incluye un folleto de la OMI (descargaraquí) que resume el requisito, responde a las preguntas más frecuentes sobre la norma y proporciona una lista de los instrumentos de la OMI de apoyo a la aplicación, orientaciones sobre mejores prácticas, control por el Estado rector del puerto y directrices de muestreo, entre otros.

  • La OMI ha publicado una recopilación de todas las orientaciones relacionadas, mejores prácticas, etc., en una única publicación de la OMI (en formato impreso y electrónico).(OMI 2020: Aplicación coherente del Anexo VI de MARPOL, Edición 2019 I666E, Precio £22, ISBN 978-92-801-17189) .

  • Las presentaciones del simposio de la OMI sobre azufre 2020 y combustibles alternativos pueden descargarseaquí.

  • OMI 2020ICS Orientación sobre el cumplimiento para las compañías navieras y las tripulaciones

  • Guía conjunta de la industria sobre el suministro y uso de combustible marítimo con 0,50% de azufre

  • Guía práctica INTERTANKO 2020

  • Se puede descargar gratuitamente un paquete de formación de Videotel que incluye información en vídeo sobre la normativa y cómo cumplirla. Descargar:https://landing.videotel.com/sulphur2020

  • A través del proyecto conjunto de la industria, se está desarrollando con Videotel un curso de aprendizaje electrónico de código abierto y libre acceso, para uso gratuito de los marinos y otras personas. El curso ofrecerá tres módulos y se espera que esté disponible en breve.

  • Directriz CIMAC: Manipulación del combustible marino en relación con la estabilidad y la compatibilidad", publicada por el Consejo Internacional de Motores de Combustión (CIMAC).

La publicación OMI 2020, que incluye todas las directrices y documentos de orientación de la OMI, puede adquirirse aquí.

Azufre 2020 - Cinco cambios clave


Preguntas sobre la aplicación - correo electrónico específico

Las preguntas y actualizaciones de los Estados miembros y del sector, así como las experiencias con la implantación, pueden enviarse a la Secretaría de la OMI, a la dirección de correo electrónico específica : imo2020@imo.org

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