El límite reducido de azufre en el fuelóleo para uso marítimo se aplica sin problemas hasta 2020.

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La reducción del límite máximo del contenido de azufre del fuelóleo de los buques al 0,5% (desde el 3,5% anterior) ha reducido considerablemente la contaminación atmosférica procedente de los buques.

El 1 de enero de 2020, los nuevos límites reducidos de azufre en el fuel oil supusieron un recorte del 70% en las emisiones totales de óxido de azufre del transporte marítimo, inaugurando una nueva era de aire más limpio en puertos y zonas costeras gracias al uso de combustibles menos contaminantes.

Un año después, todo indica que la transición ha sido extremadamente suave, testimonio de los preparativos de todas las partes interesadas antes de la entrada en vigor de las nuevas normas.

El límite máximo del contenido de azufre del fuelóleo de los buques se redujo al 0,5% (frente al 3,5% anterior), en virtud de la llamada normativa "OMI 2020" prescrita en el Convenio MARPOL. Esto reduce significativamente la cantidad de óxido de azufre que emana de los buques.

"Hasta 2020, solo se habían notificado 55 casos de no disponibilidad de combustible conforme al 0,50% en el Sistema mundial integrado de información sobre transporte marítimo (GISIS) de la OMI", declaró Roel Hoenders, Jefe de Contaminación Atmosférica y Eficiencia Energética de la OMI(véase la sección de informes FONAR más abajo).

"Teniendo en cuenta que más de 60.000 buques surcaron los océanos del mundo el año pasado, se trata de un porcentaje notablemente bajo de buques con dificultades para obtener combustible conforme. Tuvimos una gran preparación durante 2019 y antes, de todas las partes interesadas y todo indica que no ha habido problemas significativos con el suministro de fueloil bajo en azufre."

Incluso durante la pandemia de COVID-19, los buques de carga han seguido entregando mercancías y productos básicos, incluidos alimentos esenciales y medicamentos, en todo el mundo y la introducción y aplicación de la OMI 2020 no causó ninguna interrupción en el comercio.

Los combustibles conformes incluyen el fuelóleo de muy bajo contenido en azufre (VLSFO) y el gasóleo marino (MGO). Algunos buques limitan sus contaminantes atmosféricos instalando sistemas de depuración de gases de escape, también conocidos como "scrubbers". El Convenio MARPOL lo acepta como medio alternativo para cumplir el requisito del límite de azufre. Alrededor de 3.100 sistemas han sido notificados formalmente a la OMI como "método equivalente" aprobado por las Administraciones (Estados de abanderamiento), para finales de 2020.

Los buques también pueden tener motores capaces de utilizar combustibles diferentes, que pueden contener azufre bajo o nulo, como el gas natural licuado o los biocombustibles.

La mayoría de los buques que navegan por el mundo han pasado de utilizar fuelóleo pesado (HFO) a utilizar VLSFO. En general, se trata de nuevas mezclas de fuelóleo, producidas por las refinerías para cumplir el nuevo límite, de acuerdo con las orientaciones de la OMI y las normas ISO.

Las orientaciones publicadas por la OMI sobre el tratamiento de las nuevas mezclas de combustible antes de la entrada en vigor del nuevo requisito abordan las implicaciones del cambio al VLSFO, incluida la evaluación y gestión de los riesgos y la puesta de relieve de los posibles riesgos para la seguridad, de modo que puedan mitigarse.

Hasta 2020, y en 2021 hasta la fecha, la OMI no ha recibido ningún informe de problemas de seguridad relacionados con VLSFO.

No obstante, durante 2020, un grupo de correspondencia de la OMI examinó las cuestiones de seguridad del fuelóleo en general y la necesidad de nuevos requisitos obligatorios para garantizar que el fuelóleo suministrado cumple las normas y la calidad exigidas. El informe del grupo(MSC 102/6) está disponible en IMODOCS y se debatirá en la próxima sesión del Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI, MSC 103, en mayo de 2021.

Antes de eso, el octavo periodo de sesiones del Subcomité para la Prevención de la Contaminación por los Buques (PPR 8), cuya reunión a distancia está prevista del 22 al 26 de marzo de 2021, seguirá estudiando las cuestiones relativas a la calidad del combustible VLSFO, incluidos sus posibles efectos sobre las emisiones de carbono negro.

Requisitos de calidad del fuelóleo

Las disposiciones de la regla 18 del anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL) regulan la calidad del fuelóleo. El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) regula cuestiones como el punto de inflamación (regla II- 2/4.2.1 de SOLAS).

Aparte de los requisitos del Anexo VI de MARPOL y de SOLAS, el VLSFO debe cumplir la norma ISO 8217, así como la Especificación Disponible al Público (PAS) 23263 de ISO, que ofrece orientaciones sobre la aplicación de la actual norma ISO 8217 de combustibles marinos a los fuelóleos que cumplen el límite del 0,50% de azufre.

Estas medidas y normas tienen por objeto garantizar la seguridad de los buques y la protección del medio marino y los océanos.

Informes FONAR

Los informes FONAR pueden consultarse en el Sistema mundial integrado de información sobre transporte marítimo (GISIS) de la OMI, en el módulo de notificaciones de la regla 18.2.5.

En el módulo GISIS, la Secretaría de la OMI ha examinado los registros que han seleccionado la casilla correspondiente al fuelóleo "No superior al 0,50% m/m (en vigor el 1 de enero de 2020)". Para acceder a esta información es necesario consultar los registros individuales.

Más información: https://www.imo.org/en/MediaCentre/HotTopics/Pages/Sulphur-2020.aspx