43ª Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres y 16ª Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres (LC 43/LP 16), 25-29 de octubre de 2021

La Cuadragésima Tercera Reunión Consultiva y Decimosexta Reunión de las Partes Contratantes (LC 43/LP 16) se celebró en sesión virtual del 25 al 29 de octubre de 2021.

Durante la reunión, las Partes Contratantes abordaron una serie de cuestiones importantes relativas a la gobernanza de los océanos y la protección del medio marino.

Vertido de lodos de depuradora: ¿prohibición en el futuro?

Los lodos de depuradora son residuos que pueden ser objeto de vertido al mar tanto en virtud del Convenio de Londres como del Protocolo de Londres. En el pasado, un número considerable de Estados permitía el vertido de estos residuos al mar.

Tras encargar una revisión mundial de las prácticas actuales de gestión o vertido de lodos de depuradora en el mar, la reunión concluyó que la práctica había disminuido considerablemente en las últimas décadas, que ya estaba prohibida en muchos convenios regionales y a través de la legislación nacional, y que existían alternativas para el uso de los lodos de depuradora.

La reunión acordó que existían pruebas y justificaciones suficientes para modificar el anexo 1 del Protocolo de Londres con el fin de eliminar los lodos de depuradora de la lista de residuos permitidos e invitó a una o varias Partes Contratantes del Protocolo a proponer dicha modificación. Si se recibe una propuesta y las Partes Contratantes la aprueban, el vertido de lodos de depuradora en el mar quedaría prohibido en todo el mundo.

El Protocolo de Londres prohíbe todos los vertidos, salvo los residuos posiblemente aceptables de la llamada "lista inversa" (anexo 1). El Protocolo entró en vigor el 24 de marzo de 2006 y actualmente hay 53 Partes en él. ( Más información aquí).

Orientación sobre la selección del lugar de eliminación

La selección de un lugar de eliminación en el mar para minimizar el impacto ambiental marino forma parte integrante de las Directrices para la Evaluación de Residuos(WAG) adoptadas en virtud de los tratados.

En la reunión se examinaron y aprobaron las orientaciones sobre selección de lugares de eliminación: "Directrices para la selección de lugares de vertido de desechos y otras materias en el mar y para la elaboración de planes de gestión y vigilancia de los lugares". Las directrices identifican la información y los datos que son importantes para evaluar si las actividades de vertido en un nuevo emplazamiento propuesto podrían causar impactos inaceptables para el medio marino, la salud humana u otros usos del mar.

Las orientaciones se publicarán en los tres idiomas de trabajo de la OMI: inglés, francés y español.

Primera revisión del Plan Estratégico LP-LC

El Plan Estratégico LP-LC, adoptado por los órganos de gobierno en 2016, tiene como objetivo facilitar la aplicación del Protocolo de Londres y del Convenio de Londres para contribuir a la prevención de la contaminación marina y avanzar en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

El año que viene se realizará la primera revisión completa de los avances hacia los objetivos previstos en el Plan Estratégico. La reunión encargó a la Secretaría que preparara la revisión para presentarla a los órganos rectores en 2022.

Regulación de las tecnologías de mitigación del cambio climático

En la reunión se destacó la importancia de que más Partes Contratantes ratifiquen las dos enmiendas pendientes del Protocolo de Londres relativas al cambio climático: la enmienda de 2009 para permitir la exportación transfronteriza de CO2 para su almacenamiento bajo el lecho marino, y la enmienda de 2013 para regular la fertilización de los océanos y otras actividades de geoingeniería marina.

Como se subrayó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 26), celebrada en Glasgow, las tecnologías de mitigación del cambio climático pueden desempeñar un papel fundamental para hacer frente al reto de un futuro con un balance neto cero. Estas enmiendas, una vez en vigor, permitirán a las Partes Contratantes hacer frente a los retos que plantea el cambio climático mundial, regulando al mismo tiempo estas actividades sobre una base cautelar para garantizar la protección del medio marino y la salud humana.

Conmemoración de los 50 años de la adopción del Convenio de Londres

En la reunión se señaló que el próximo año, 2022, se cumplirán 50 años de la adopción del Convenio de Londres, lo que significa el inicio de cinco décadas de acción para prevenir la contaminación marina por vertido de residuos y otras materias.

Para conmemorar este importante hito, la reunión encargó a la Secretaría del LC/LP que trabajara con la Mesa del LC/LP para organizar un acto conmemorativo híbrido adecuado e invitó a las delegaciones interesadas a apoyar los preparativos de la conmemoración.