Subcomité de Protección contra Incendios (PF), 54º período de sesiones: del 12 al 16 de abril de 2010

Texto acordado del Código de procedimientos de ensayo de incendios 2010
El Subcomité de Protección contra Incendios (PF), reunido en su 54ª sesión, ha acordado modificaciones de redacción para finalizar el proyecto de texto del Código Internacional para la Aplicación de Procedimientos de Ensayo de Incendios (Código FTP) de 2010.
El proyecto de Código FTP 2010 establece los requisitos internacionales para los ensayos de laboratorio, la homologación y los procedimientos de ensayo de incendio para los productos a los que se hace referencia en el capítulo II-2 de SOLAS.
Actualiza y modifica el Código FTP, adoptado por el Comité de Seguridad Marítima en 1996, tras una profunda revisión, teniendo en cuenta el continuo desarrollo de materiales para su uso en la construcción de buques y la mejora de las normas de seguridad marítima.
El proyecto de Código FTP 2010 se presentará al Comité de Seguridad Marítima (CSM), con vistas a su adopción en el 88º período de sesiones del CSM, en diciembre de 2010, junto con la adopción de las enmiendas pertinentes del Convenio SOLAS para hacerlo obligatorio.
El Código FTP 2010 incluye las siguientes pruebas: incombustibilidad; humos y toxicidad; prueba para divisiones de clase "A", "B" y "F"; prueba para sistemas de control de puertas cortafuegos; prueba de inflamabilidad superficial (materiales de superficie y revestimientos primarios de cubierta); prueba para revestimientos primarios de cubierta; prueba para textiles y películas soportados verticalmente; prueba para muebles tapizados; prueba para componentes de ropa de cama; prueba para materiales ignífugos para naves de alta velocidad; y prueba para divisiones ignífugas de naves de alta velocidad.
También incluye anexos sobre Productos que pueden instalarse sin ensayo y/o aprobación y Materiales de protección contra incendios y métodos de ensayo de aprobación requeridos.
El Subcomité también acordó un proyecto de enmiendas a las Directrices para la aplicación de tuberías de plástico en los buques (resolución A.753(18)), para su presentación al MSC 88.
Integridad al fuego de los mamparos y cubiertas de los espacios de carga rodada: enmiendas SOLAS aprobadas
El Subcomité ha acordado un proyecto de enmiendas a la regla II-2/9 del Convenio SOLAS para mejorar los valores de integridad al fuego de los mamparos y cubiertas de los espacios de carga rodada de los buques de pasaje y de carga, que se presentará al MSC 88 para su aprobación.
Aprobadas las enmiendas al Código del SFS
El Subcomité acordó una serie de enmiendas al Código Internacional de Sistemas de Seguridad contra Incendios (SFS), que se presentarán al MSC 88 para su aprobación. Los proyectos de enmienda se refieren a los sistemas fijos de extinción de incendios por gas y agua pulverizada para vehículos, buques de transbordo rodado, contenedores y espacios de carga general; los ensayos y la aprobación de sistemas fijos de espuma de alta expansión; y los sistemas alternativos de extinción para puestos de control.
También se acordó presentar al MSC un proyecto de Directrices para el ensayo y la aprobación de sistemas fijos de espuma de alta expansión; un proyecto de Métodos científicos para el escalado del volumen de ensayo de sistemas de extinción por agua nebulizada; un proyecto de enmiendas a las Directrices revisadas para la aprobación de sistemas equivalentes de extinción de incendios por agua para espacios de máquinas y cámaras de bombas de carga (MSC/Circ.1165), relativas a los medios redundantes de bombeo y a las boquillas de techo y de sentina; y proyecto de Directrices revisadas para la aprobación de sistemas fijos de extinción de incendios por agua de aplicación local para su uso en espacios de máquinas de categoría A (MSC/Circ.913).
El Subcomité también acordó redactar un proyecto de Directrices para el proyecto, construcción y ensayo de sistemas fijos de detección de gases hidrocarburos en petroleros de doble casco que incorporen modificaciones, a fin de presentarlo al MSC para su aprobación.
También se acordaron proyectos de interpretación del capítulo 12 del Código SFS, que se someterán a la aprobación del MSC 88.
Avanza el proyecto de reglamento sobre sistemas de gas inerte en petroleros
El Subcomité ha seguido elaborando el proyecto de enmiendas al capítulo II-2 del Convenio SOLAS para incorporar nuevas disposiciones que exijan que los petroleros nuevos de menos de 20.000 toneladas de peso muerto y los quimiqueros nuevos estén equipados con sistemas de gas inerte (IGS), a fin de ayudar a prevenir explosiones en los petroleros y quimiqueros que transporten cargas de bajo punto de inflamación.
Dos propuestas sobre el límite inferior de aplicación de los IGS, 5.000 u 8.000 toneladas de peso muerto, se remitieron a la próxima reunión del Subcomité para su debate.
El Subcomité acordó que los requisitos y la aplicación de los sistemas de gas inerte en petroleros y quimiqueros cuando transporten cargas cuyo punto de inflamación no supere los 60°C deberían ser similares, con la salvedad de que las normas para los quimiqueros también debían tener en cuenta sus perfiles operativos únicos y las preocupaciones específicas relativas a las cargas químicas.
Aplicación de las nuevas prescripciones aplicables a los buques de pasaje.
El Subcomité acordó dos proyectos de circulares provisionales, para su presentación al MSC 87 para su aprobación, destinadas a ayudar en la aplicación de las prescripciones aplicables a los nuevos buques de pasaje que se adoptaron en 2006, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2010. El paquete de enmiendas se centra en el diseño de los buques de pasaje para mejorar su capacidad de supervivencia de modo que, en caso de siniestro, las personas puedan permanecer a bordo de forma segura mientras el buque se dirige a puerto.
El proyecto de aclaraciones provisionales de las prescripciones del capítulo II-2 del Convenio SOLAS relativas a la interrelación entre el puesto central de control, el puente de navegación y el centro de seguridad tiene por objeto contribuir a la aplicación de la regla II-2/23 del Convenio SOLAS Centro de seguridad de los buques de pasaje, que exige que los buques de pasaje construidos a partir del 1 de julio de 2010 dispongan de un centro de seguridad que ofrezca un espacio para ayudar a la gestión de situaciones de emergencia. Deben preverse medios de comunicación entre el centro de seguridad, el puesto central de control, el puente de navegación, la sala de control de máquinas, la(s) sala(s) de almacenamiento del (de los) sistema(s) de extinción de incendios y los armarios del equipo contra incendios.
Las Notas explicativas provisionales para la evaluación de las capacidades de los sistemas de los buques de pasaje tras un incendio o siniestro por inundación se refieren a los requisitos pertinentes para el regreso seguro a puerto de los buques de pasaje. Las Notas Explicativas tienen por objeto esbozar el proceso de verificación y aprobación del proyecto del buque por parte de la Administración y apoyar un proyecto técnico seguro con orientaciones sobre: la disponibilidad de los sistemas esenciales tras un siniestro de inundación; la disponibilidad de los sistemas esenciales para apoyar el regreso seguro del buque a puerto tras un siniestro de incendio; y la disponibilidad de los sistemas esenciales para apoyar la evacuación y el abandono del buque tras un siniestro de incendio.
Requisitos para los buques que transportan vehículos de hidrógeno y gas natural comprimido - creación de un grupo de correspondencia
Se estableció un grupo por correspondencia para identificar los peligros que entraña el transporte de vehículos de hidrógeno y gas natural comprimido, incluidas las baterías de alta tensión y gran capacidad; aclarar los requisitos de seguridad necesarios para los espacios de carga destinados al transporte de vehículos de hidrógeno y gas natural comprimido; y preparar proyectos de enmiendas al capítulo II-2 del Convenio SOLAS y/o directrices conexas, según proceda, para su examen por el Subcomité en su próximo período de sesiones.