Asamblea de la OMI, 30.º período de sesiones, 27 de noviembre a 6 de diciembre de 2017

La Asamblea de la OMI celebró su 30ª reunión en la sede de la OMI en Londres (Reino Unido) del 27 de noviembre al 6 de diciembre. La Asamblea fue la reunión más numerosa jamás celebrada en la sede de la OMI en Londres, a la que asistieron unos 1.400 participantes, 56 de ellos a nivel ministerial, procedentes de 165 Estados Miembros, así como observadores de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales.

Orientaciones estratégicas y visión adoptadas
La Asamblea adoptó su plan estratégico para 2018-2023, que incluye una declaración de misión revisada, una declaración de visión (incluida por primera vez) y siete orientaciones estratégicas recientemente identificadas para la OMI, que colocan a la Organización firmemente en la ruta para apoyar la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Las orientaciones estratégicas son

  • Mejorar la implantación: garantizar que las reglas se apliquen y se hagan cumplir de forma eficaz, eficiente y coherente.
  • Integrar las tecnologías nuevas y avanzadas en el marco normativo: equilibrar los beneficios derivados de las tecnologías nuevas y avanzadas con las preocupaciones en materia de seguridad y protección, el impacto en el medio ambiente y en la facilitación del comercio internacional, los costes potenciales para el sector y su impacto en el personal, tanto a bordo como en tierra.
  • Responder al cambio climático: desarrollar soluciones adecuadas, ambiciosas y realistas para minimizar la contribución del transporte marítimo a la contaminación atmosférica y su impacto en el cambio climático.
  • Participar en la gobernanza de los océanos: participar en los procesos y mecanismos mediante los cuales se regula y controla el uso de los océanos y sus recursos.
  • Mejorar la facilitación global y la protección del comercio internacional, abordando aspectos como las formalidades de llegada y salida, la documentación y la certificación y, en general, reduciendo las cargas administrativas que rodean el funcionamiento de los buques.
  • Garantizar la eficacia de la reglamentación: mejorar el proceso real de elaboración de las reglamentaciones para que sean más eficaces; recopilar más datos y utilizarlos mejor y de forma más inteligente para tomar decisiones; obtener una mejor información de los Estados miembros y del sector y mejorar la forma en que la OMI aprende de la experiencia y retroalimenta esas lecciones en el proceso de reglamentación.
  • Garantizar la eficacia organizativa: aumentar la eficacia general de la OMI, incluidos los Estados Miembros, las organizaciones no gubernamentales, los donantes, la Secretaría y todas las partes interesadas en la Organización en su conjunto.

Declaración de visión:
"La OMI mantendrá su papel de liderazgo como regulador mundial del transporte marítimo, promoverá un mayor reconocimiento de la importancia del sector y permitirá el avance del transporte marítimo, al tiempo que abordará los retos que plantean la continua evolución de la tecnología y el comercio mundial; y la necesidad de cumplir la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible".

Para lograrlo, la OMI se centrará en la revisión, el desarrollo y la implementación y el cumplimiento de los instrumentos de la OMI en su afán por identificar, analizar y abordar de forma proactiva los problemas emergentes y apoyar a los Estados miembros en su implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible."

Apoyo a los ODS de la ONU a través de la cooperación técnica
La Asamblea adoptó tres resoluciones que se centran en el trabajo de creación de capacidad de la OMI para apoyar la implementación de los ODS.

La primera resolución abarca los vínculos entre la labor de asistencia técnica de la OMI y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y solicita al Comité de Cooperación Técnica que otorgue alta prioridad a aquellas actividades que no solo promuevan la pronta ratificación y la implantación efectiva de los instrumentos de la OMI, sino que también contribuyan a la consecución de los ODS, teniendo en cuenta las necesidades especiales de los países menos adelantados (PMA) y los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID) y las necesidades particulares del transporte marítimo de África.

El segundo esboza los principios rectores del programa integrado de cooperación técnica de la OMI en apoyo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Insta a los Estados miembros a garantizar la integración de las cuestiones marítimas en sus Marcos de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (MANUD), que determinarán sus ámbitos prioritarios nacionales de financiación y apoyo a las actividades de asistencia técnica marítima.

El tercero se refiere a los acuerdos de financiación y asociación para un programa integrado de cooperación técnica eficaz y sostenible. Invita a los Estados Miembros, las organizaciones internacionales y regionales, las organizaciones no gubernamentales y la industria a participar activamente en el apoyo a las actividades de cooperación técnica mediante donaciones voluntarias en efectivo al Fondo de Cooperación Técnica; asignaciones financieras a los fondos fiduciarios de múltiples donantes de la OMI; acuerdos multibilaterales; donaciones voluntarias de los intereses devengados en el marco del Plan de Incentivos a las Contribuciones; y apoyo en especie mediante la prestación de servicios de consultores gratuitos, la organización de eventos de asistencia técnica y la donación de equipos.

Centrarse en la contaminación marina por plásticos
La Asamblea reconoció que el actual problema de la contaminación marina por plásticos requiere una mayor consideración como parte de una solución global en el marco de la gobernanza de los océanos. Esto está en consonancia con el ODS 14 de la ONU (Conservar y utilizar de forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible), que tiene como objetivo prevenir y reducir significativamente la contaminación marina de todo tipo, en particular la procedente de actividades terrestres, incluidos los desechos marinos y la contaminación por nutrientes para 2025.

El tratado MARPOL de la OMI se ocupa de la basura en su Anexo V, que prohíbe el vertido de plásticos de los buques en los océanos. Los tratados que regulan el vertido de residuos en el mar (Convenio y Protocolo de Londres) también tienen un papel que desempeñar en la lucha contra el plástico en los océanos procedente de fuentes terrestres.

La Asamblea reconoció el papel que la Organización ha desempeñado y sigue desempeñando a la hora de abordar este problema. La Asamblea alentó a los Estados miembros, a las Partes en el Anexo V de MARPOL y a las organizaciones internacionales a presentar propuestas concretas en las próximas sesiones del Comité de Protección del Medio Marino y en la reunión de las Partes en el Convenio y el Protocolo de Londres que se reúnen durante 2018.

Acogida favorable de la segunda fase del código polar
La Asamblea de la OMI acogió con satisfacción el trabajo previsto en el Comité de Seguridad Marítima (CSM) de la OMI para basarse en el Código Polar ya adoptado y avanzar en el estudio de cómo podrían regularse en el futuro los buques que actualmente no están cubiertos por sus requisitos.

El Código Polar, que entró en vigor el 1 de enero de 2017 en virtud de los tratados SOLAS y MARPOL, establece requisitos adicionales para el funcionamiento seguro de los buques en aguas polares y la protección del medio ambiente polar.

El trabajo sobre la segunda fase, para abordar otros buques, incluidos los buques pesqueros y los buques más pequeños no cubiertos por el tratado SOLAS, se iniciará en el MSC 99 en mayo de 2018.

El sistema de numeración de la OMI se amplía a los buques pesqueros y otros buques
La Asamblea acordó ampliar el sistema de números de identificación de buques de la OMI a más buques, de forma voluntaria, para apoyar la seguridad de los buques y la prevención de la contaminación al poder identificarlos más fácilmente.

El sistema de numeración se aplica a los buques de más de 100 GT y es obligatorio para los buques de pasaje de arqueo bruto igual o superior a 100 y todos los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300. En 2013, la Asamblea acordó la ampliación voluntaria a los buques pesqueros de más de 100 GT. Ahora se amplía la aplicación voluntaria a los buques pesqueros de casco de acero y no de acero; los buques de pasaje de menos de 100 toneladas de arqueo bruto, las embarcaciones de pasaje de alta velocidad y las unidades móviles de perforación, que realicen viajes internacionales; y a todos los buques pesqueros intraborda motorizados de menos de 100 toneladas de arqueo bruto hasta un límite de tamaño de 12 metros de eslora total autorizados a faenar fuera de las aguas bajo jurisdicción nacional del Estado del pabellón.

Identificar y rastrear los buques pesqueros que faenan en el mar y poder determinar su propiedad es una parte importante de la labor en curso para hacer frente a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). La OMI colabora estrechamente con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como con otras partes interesadas, para hacer frente a la pesca INDNR.

La OMI también está animando a los Estados a ratificar el Acuerdo de Ciudad del Cabo sobre la seguridad de los buques pesqueros, para que este importante tratado entre en vigor.

Supervisión por el Estado rector del puerto - procedimientos revisados adoptados
La Supervisión por el Estado rector del puerto desempeña un papel crucial como segunda línea de defensa contra los buques deficientes. La Asamblea adoptó procedimientos revisados para la Supervisión por el Estado rector del puerto.
La resolución contiene una recopilación exhaustiva de directrices pertinentes para la Supervisión por el Estado rector del puerto. Actualiza los anteriores Procedimientos para el CSP adoptados en 2011 (resolución A.1052(27)). Las revisiones incluyen, en particular, directrices sobre el Código IGS; la titulación de la gente de mar, las horas de descanso y la dotación; y los procedimientos relativos a la pronta aplicación voluntaria de las enmiendas al Convenio SOLAS de 1974 y los instrumentos obligatorios conexos.

Se insta a ratificar el Protocolo SNP de 2010
La Asamblea adoptó una resolución que insta a los Estados a considerar la ratificación de un tratado clave que proporcionará un régimen mundial de responsabilidad e indemnización en caso de incidente relacionado con el transporte marítimo internacional o nacional de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas, como productos químicos, GLP y GNL.

La resolución pide a los Estados que consideren la posibilidad de ratificar el Protocolo SNP de 2010, o de adherirse a él, y que lo apliquen oportunamente. También insta a todos los Estados a colaborar en la aplicación y entrada en vigor del Protocolo SNP de 2010, compartiendo las mejores prácticas y resolviendo cualquier dificultad práctica que pueda surgir en el establecimiento del nuevo régimen.

Delegación de la facultad de expedir certificados de seguro
La Asamblea adoptó una resolución para permitir la delegación de autoridad para expedir certificados de seguro en virtud del Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1992 (Convenio de Responsabilidad Civil de 1992) y el Convenio SNP de 2010.

A diferencia del Convenio "combustible de los buques" de 2001, el Convenio de Atenas de 2002 y el Convenio de Nairobi sobre la remoción de restos de naufragio de 2007, el Convenio de Responsabilidad Civil de 1992 y el Convenio SNP de 2010 no proporcionan un marco explícito para la delegación de autoridad para expedir certificados de seguro.
La resolución confirma que un Estado Parte en el Convenio de Responsabilidad Civil de 1992 o en el Convenio SNP de 2010 puede autorizar a una institución u organización reconocida por él a expedir los certificados de seguro u otra garantía financiera exigidos por estos Convenios.

También recuerda a los Estados Parte que la delegación de autoridad para expedir los certificados de seguro u otra garantía financiera exigidos por el Convenio de Responsabilidad Civil de 1992 y el Convenio SNP de 2010 no afectaría a la responsabilidad potencial que el Estado delegante pueda tener en relación con dichos certificados.

Condena del lanzamiento de misiles sin previo aviso
La Asamblea respaldó la decisión del Consejo de la OMI de condenar enérgicamente los recientes lanzamientos de misiles por parte de la República Popular Democrática de Corea, que suponen un peligro claro y grave para la seguridad de la navegación en el comercio internacional.

Aprobado el presupuesto de la OMI
La Asamblea aprobó el presupuesto basado en resultados y el programa de trabajo de la Organización para 2018-2019. El presupuesto incluye una cuota para los Estados Miembros de 31.864.000 libras esterlinas para 2018 y 33.242.000 libras esterlinas para 2019.

Elección del Consejo de la OMI
La Asamblea eligió al Consejo de la OMI, compuesto por 40 miembros, para el próximo bienio 2018 a 2019 (véasela nota informativa 35/2017).

La Asamblea encargó al Consejo en su 120º período de sesiones, en junio de 2018, que examinara los procesos y procedimientos de la Asamblea y del Consejo, con miras a formular sugerencias de reforma.

Elección del presidente del Consejo
El Consejo recién elegido se reunió el 7 de diciembre y eligió al Sr. Xiaojie Zhang (China) como Presidente para 2018-2019. La elección del Vicepresidente se pospuso hasta julio de 2018. El Consejo expresó su profundo agradecimiento por los destacados esfuerzos y logros del anterior Presidente, D. Jeff Lantz (Estados Unidos).

Lista completa de resoluciones aprobadas:

A.1110(30) Plan estratégico de la Organización para el sexenio 2018-2023

A.1111(30) Aplicación del plan estratégico de la Organización

A.1112(30) Presupuesto basado en resultados para el bienio 2018-2019

A.1113(30) Revisión del Reglamento Financiero de la Organización (en vigor a partir del 1 de enero de 2018)

A.1114(30) Presentación de cuentas e informes de auditoría

A.1115(30) Contribuciones atrasadas

A.1116(30) Señalización de las vías de evacuación y de la ubicación de los equipos

A.1117(30)) Sistema de números de identificación de buques de la OMI

A.1118(30) Directrices revisadas sobre la implantación del Código Internacional de Gestión de la Seguridad (IGS) por los Administradores

A.1119(30) Procedimientos para la Supervisión por el Estado rector del puerto, 2017

A.1120(30) Directrices de inspección bajo el Sistema Armonizado de Inspección y Certificación (HSSC), 2017

A.1121(30) Lista no exhaustiva de 2017 de obligaciones en virtud de instrumentos pertinentes para el Código de implantación de instrumentos de la OMI (III Código)

A.1122(30) Código para el transporte y la manipulación de sustancias líquidas peligrosas y nocivas a granel en buques de apoyo mar adentro (Código Químico OSV)

A.1123(30) Aplicación y entrada en vigor del Protocolo de 2010 sobre sustancias nocivas y potencialmente peligrosas

A.1124(30) Delegación de autoridad para expedir certificados de seguro u otras garantías financieras exigidas en virtud del Convenio de Responsabilidad Civil de 1992 y del Convenio sobre Sustancias Nocivas y Peligrosas de 2010

A.1125(30) Relaciones con las organizaciones no gubernamentales

A.1126(30) Vínculos entre la labor de asistencia técnica de la OMI y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

A.1127(30) Principios rectores del programa integrado de cooperación técnica de la OMI en apoyo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

A.1128(30) Disposiciones de financiación y asociación para un programa integrado de cooperación técnica eficaz y sostenible

A.1129(30) Visita de estudiantes de la Universidad Marítima Mundial y del Instituto de Derecho Marítimo Internacional a la sede de la OMI

A.1130(30) Carta de la Universidad Marítima Mundial

Asamblea de la OMI
La 30ª Asamblea de la OMI se reunió en Londres, en la sede de la OMI, del 27 de noviembre al 6 de diciembre de 2017. Asistieron a ella unos 1400 participantes, 56 de ellos a nivel ministerial, procedentes de 165 Estados Miembros, así como observadores de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y de la Universidad Marítima Mundial (UMM), el Instituto de Derecho Marítimo Internacional (IMLI).

La Asamblea se reúne normalmente una vez cada dos años en sesión ordinaria. Se encarga de aprobar el programa de trabajo, votar el presupuesto y determinar las disposiciones financieras de la Organización. También elige a los 40 miembros del Consejo de la Organización.