Asamblea de la OMI, 32ª sesión (A 32), 6-15 de diciembre de 2021

La Asamblea de la OMI celebró su 32ª reunión (A 32) del 6 al 15 de diciembre de 2021, en sesión a distancia. Se inscribieron más de 1.400 delegados.

La Asamblea adoptó enmiendas al Convenio de la OMI para ampliar el tamaño del Consejo a 52 Miembros, y aprobó varias resoluciones importantes, entre ellas las relativas al cambio de tripulación durante la pandemia, la prevención y represión de la piratería en el Golfo de Guinea, la creación de capacidad, la seguridad de los buques pesqueros y la prevención de registros fraudulentos y otros actos fraudulentos.

Abordar los retos de la gente de mar durante la pandemia de COVID-19

La Asamblea adoptó una resolución sobre una acción global para hacer frente a los retos de la gente de mar durante la pandemia de COVID-19, consolidando cuestiones relacionadas con el cambio de tripulación, el acceso a la atención médica, la designación de trabajadores clave y la priorización de la gente de mar para la vacunación contra la COVID-19.

La resolución insta a los Estados miembros a

  • designar a la gente de mar como "trabajadores clave" con el fin de facilitar el permiso para bajar a tierra y la circulación segura y sin trabas a través de las fronteras, y reconocer su documentación pertinente para este fin;
  • considerar la aplicación del marco de protocolos recomendado por la industria para garantizar la seguridad de los cambios de tripulación y los viajes durante la pandemia de coronavirus (COVID-19);
  • den prioridad a la vacunación de la gente de mar, en la medida de lo posible, en sus programas nacionales de vacunación contra el COVID-19;
  • consideren la posibilidad de eximir a la gente de mar de cualquier política nacional que exija una prueba de vacunación contra el COVID-19 como condición para la entrada, teniendo en cuenta que la gente de mar debe ser designada como "trabajadores clave" y que viaja a través de las fronteras con frecuencia; y
  • proporcionar a la gente de mar acceso inmediato a la atención médica y facilitar la evacuación médica de la gente de mar que necesite atención médica urgente cuando la atención médica requerida no pueda proporcionarse ni a bordo ni en el puerto de escala.

Prevención y represión de la piratería y el robo a mano armada contra buques y de las actividades ilícitas en el Golfo de Guinea

La Asamblea adoptó una resolución actualizada sobre la prevención y represión de la piratería y los robos a mano armada contra los buques y las actividades ilícitas en el Golfo de Guinea (para actualizar la resolución A.1069(28) de la Asamblea de la OMI).

La resolución reconoce las graves preocupaciones del sector y de la comunidad marítima en materia de seguridad y protección como consecuencia de los ataques contra los buques que navegan en el Golfo de Guinea y el grave peligro para la vida y los graves riesgos para la seguridad de la navegación y el medio ambiente que pueden causar los ataques de piratas, atracadores a mano armada y otros delincuentes.

Reconociendo los esfuerzos realizados por los países de la región, así como por otras entidades, la resolución insta a los Gobiernos a cooperar y ayudar a los Estados del Golfo de Guinea a desarrollar sus capacidades nacionales y regionales para mejorar la gobernanza marítima en las aguas bajo su jurisdicción; a prevenir la piratería, los robos a mano armada contra los buques y otras actividades marítimas ilícitas de conformidad con el derecho internacional, en particular la UNCLOS. Se insta a los gobiernos a que ayuden a los Estados a crear capacidad para interceptar y llevar ante la justicia a quienes cometan delitos. Dicha asistencia podría incluir el fortalecimiento de los marcos jurídicos, incluidas las leyes contra la piratería y los reglamentos de aplicación; la formación de los organismos nacionales encargados de hacer cumplir la ley marítima; la promoción de procedimientos de coordinación y cooperación contra la piratería y de aplicación de la ley entre los Estados, las regiones, las organizaciones y la industria; y el intercambio de información.

Entrada en vigor y aplicación del Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 sobre la seguridad de los buques pesqueros

La resolución adoptada insta a los Gobiernos de que aún no se hayan adherido al Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 sobre la seguridad de los buques pesqueros a que consideren la posibilidad de hacerlo antes del 11 de octubre de 2022, décimo aniversario de la adopción del Acuerdo.

La fecha refleja el compromiso de los Estados que firmaron una declaración en la Conferencia de Torremolinos de 2019.

La resolución reconoce los esfuerzos y contribuciones realizados por los Estados miembros, la FAO, la OIT y The Pew Charitable Trusts para apoyar los seminarios regionales y nacionales y seminarios web, que se han celebrado en todas las regiones del mundo desde 2014, sobre la aplicación y ratificación del Acuerdo, incluidos los seminarios web celebrados durante 2020-2021.

El decenio de creación de capacidades 2021-2030

La Asamblea adoptó una resolución que establece los objetivos y ambiciones de la Organización relacionados con el desarrollo de capacidades durante la década actual, adoptando la Estrategia de la Década del Desarrollo de Capacidades 2021-2030. La estrategia tiene por objeto apoyar a los Estados Miembros en la adopción, implantación y mejora del cumplimiento de los instrumentos de la OMI.

La estrategia abordará las necesidades de los Estados miembros, incluidas las cuestiones identificadas a través del Sistema de Auditoría de los Estados Miembros de la OMI (IMSAS); y logrará los aspectos marítimos de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), a través de un enfoque en el apoyo al desarrollo y la implementación de políticas y estrategias marítimas nacionales sólidas predicadas en el aprovechamiento de todo el potencial de las economías marítimas.

La estrategia incluye: declaración de misión; declaración de visión; principios generales para la Estrategia del Decenio de Creación de Capacidades 2021-2030; y cuatro líneas de trabajo que establecen las áreas de especial atención estratégica para el período 2021-2030: 1. reformar y racionalizar la organización interna de la OMI para la prestación de asistencia técnica; 2. apoyar a los Estados Miembros en el desarrollo marítimo; 3. mejorar el Sistema de Oficinas de Presencia Regional (OPR); y 4. reforzar la red mundial de formación y desarrollo.

Prevención y represión de la matriculación fraudulenta y los registros fraudulentos y otros actos fraudulentos en el sector marítimo

La resolución adoptada alienta a los Gobiernos a revisar las disposiciones de su legislación nacional relativas a la prevención y supresión de todas las formas de fraude marítimo y a introducir las adiciones o mejoras, relativas, entre otras cosas, al ejercicio de la diligencia debida, que puedan ser necesarias para la prevención y supresión de tales actos y prácticas, y para salvaguardar los intereses de todas las partes interesadas.

Se insta a los Gobiernos a que adopten todas las medidas posibles de cooperación entre sí y con las organizaciones intergubernamentales pertinentes y las partes interesadas del sector marítimo a fin de mantener y desarrollar acciones coordinadas en todos los ámbitos pertinentes para combatir el fraude marítimo, incluido el intercambio de información y la notificación de los nombres de los buques y registros implicados en actos fraudulentos.

La resolución insta a los Gobiernos, al Secretario General de la OMI, a las autoridades de supervisión por el Estado rector del puerto, a los propietarios y operadores de buques, a las organizaciones no gubernamentales, al sector privado, incluido el sector de los seguros marítimos, a los corredores de buques y a otras partes interesadas del sector marítimo, a desarrollar talleres que se centren en la mejora de las capacidades y las prácticas de diligencia debida para la prevención, detección y notificación de documentación de registro fraudulenta.

Plan estratégico actualizado para incluir la dirección estratégica del elemento humano

La Asamblea actualizó el Plan Estratégico 2018-2023 de la Organización, para incluir una nueva dirección estratégica (SD) sobre el elemento humano.

El plan estratégico incluye ahora ocho direcciones estratégicas: SD 1 Mejorar la implementación; SD 2 Integrar tecnologías nuevas y avanzadas en el marco regulatorio; SD 3 Responder al cambio climático; SD 4 Participar en la gobernanza de los océanos; SD 5 Mejorar la facilitación global y la Protección del comercio internacional; SD 6 Garantizar la eficacia regulatoria; SD 7 Garantizar la eficacia organizativa; SD 8 Elemento humano.

La orientación estratégica sobre el elemento humano dice: "En su papel de regulador mundial del transporte marítimo, la OMI se basará en la labor ya realizada para abordar el elemento humano y tendrá en cuenta el elemento humano en la revisión, desarrollo e implantación de requisitos nuevos y existentes. Esto incluye la provisión de mecanismos para la cooperación entre gobiernos sobre prácticas relativas al elemento humano en el sector marítimo. Para abordar las cuestiones relacionadas con el elemento humano, la Organización elaborará o modificará disposiciones, entre otras, sobre: formación, titulación y guardia, incluida la consideración de las nuevas tecnologías; diseño centrado en el ser humano; dotación segura; ejercicios y prácticas; gestión de la fatiga; seguridad operacional, Protección y protección del medio ambiente; y trato justo de la gente de mar; teniendo en cuenta el importante papel de la igualdad de género".

La inclusión del elemento humano como una dirección estratégica específica reconoce su importancia, especialmente durante la pandemia de COVID-19, cuando el elemento humano ha sido el centro del trabajo conjunto con las organizaciones hermanas de la ONU, en particular la OIT, la OACI y la OMS, las asociaciones industriales y los interlocutores sociales.

Día Internacional de la Mujer Marítima

La Asamblea adoptó una resolución por la que se proclama el Día Internacional de la Mujer en la Industria Marítima, que se celebrará el 18 de mayo de cada año.

La celebración rendirá homenaje a las mujeres en el sector y tiene por objeto promover la contratación, la retención y el empleo sostenido de las mujeres en el sector marítimo, elevar el perfil de las mujeres en el sector marítimo, fortalecer el compromiso de la OMI con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 de las Naciones Unidas (igualdad de género) y apoyar la labor para hacer frente al actual desequilibrio de género en el sector marítimo.

La resolución invita a los Estados miembros de la OMI, al sector marítimo y a todos los demás participantes en el ámbito marítimo a promover y celebrar el Día Internacional de la Mujer en el Mar de manera apropiada y significativa.

Presupuesto y programa de trabajo

La Asamblea aprobó el presupuesto y el programa de trabajo de la Organización para 2022 y 2023.

El Consejo de la OMI ya ha aprobado un esbozo de presupuesto ordinario para el bienio 2022-2023 de £75.671.000, que comprende una consignación de £37.350.000 para 2022 y una consignación de £38.321.000 para 2023.

Elección del Consejo

Elección del Consejo de la OMI para 2022-2023

La Asamblea eligió a los 40 Miembros de su Consejo para el bienio 2022-2023.(Más información aquí).

El Consejo de la OMI recién elegido celebró su 126ª sesión el 16 de diciembre. Eligió al Sr. Víctor Jiménez de España como Presidente, y a la Sra. Amane Fathallah de Marruecos como Vicepresidenta.

Adopción de enmiendas al Convenio OMI - ampliación del Consejo

La Asamblea adoptó enmiendas al Convenio de la OMI para ampliar el tamaño del Consejo de 40 a 52 Estados miembros y prolongar el mandato de sus miembros. Hasta que las enmiendas entren en vigor, la estructura actual permanecerá inalterada.

Para que entren en vigor, las enmiendas deben ser aceptadas por dos tercios de los Miembros de la OMI, es decir, 117 Estados miembros (sobre la base de los actuales 175 Estados miembros). (Más información aquí.)

La Asamblea adoptó una resolución instando a los Miembros de la Organización a aceptar las enmiendas lo antes posible, con el objetivo de que entren en vigor en 2025.

Orientaciones sobre el artículo 17 del Convenio de la OMI

La Asamblea adoptó orientaciones sobre la aplicación coherente del artículo 17 del Convenio de la OMI, que se refiere a la elección de los miembros del Consejo y, concretamente, a que la elección en la categoría (c) debe garantizar una amplia representación geográfica.

Las orientaciones pretenden facilitar el cumplimiento de los criterios del artículo 17 del Convenio de la OMI, en particular los intereses especiales en el transporte o la navegación marítimos; y reflejar mejor la distribución y representación geográficas, incluidos los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID) y los países menos adelantados (PMA).

Lista completa de las resoluciones adoptadas por la Asamblea

A.1148(32) Presupuesto basado en resultados para el bienio 2022-2023

A.1149(32) Plan estratégico revisado de la Organización para el sexenio 2018-2023

A.1150(32) Contribuciones atrasadas

A.1151(32) Presentación de los estados financieros auditados e informe de los auditores externos

A.1152(32) Enmiendas al Convenio sobre la Organización Marítima Internacional

A.1153(32) Orientaciones sobre la aplicación coherente del Artículo 17 del Convenio de la OMI [punto 9(b)]].

A.1154(32) Reglamento revisado de la Asamblea

A.1155(32) Procedimientos para la Supervisión por el Estado rector del puerto, 2021

A.1156(32) Directrices de inspección en el marco del Sistema Armonizado de Inspección y Certificación (HSSC), 2021

A.1157(32) 2021 Lista no exhaustiva de obligaciones en virtud de instrumentos pertinentes para el Código de implantación de instrumentos de la OMI (III CÓDIGO)

A.1158(32) Directrices para los servicios de tráfico marítimo

A.1159(32) Prevención y represión de la piratería, del robo a mano armada contra los buques y de las actividades marítimas ilícitas en el Golfo de Guinea

A.1160(32) Acción global para hacer frente a los problemas de la gente de mar durante la pandemia de COVID-19

A.1161(32) Entrada en vigor y aplicación del Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012

A.1162(32) Aliento a los Estados miembros y a todas las partes interesadas pertinentes para que promuevan acciones de prevención y supresión de la matriculación fraudulenta y los registros fraudulentos y otros actos fraudulentos en el sector marítimo

A.1163(32) Interpretación del artículo 4 del Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo, 1976, adoptada por los Estados Partes en el Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo, 1976, presentes en el trigésimo segundo período de sesiones de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional

A.1164(32) Interpretación del artículo 4 del Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo, 1976, adoptada por los Estados Partes en el Protocolo de 1996 que enmienda el Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo, 1976, presente en el trigésimo segundo período de sesiones de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional

A.1165(32) Interpretación del Artículo 6 del Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1969, por el que se enmienda el párrafo 2 del Artículo v del Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1969, adoptado por los Estados Partes en el Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1969, presente en el trigésimo segundo período de sesiones de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional

A.1166(32) La estrategia del decenio de creación de capacidad 2021-2030

A.1167(32) Disposiciones revisadas de financiación y asociación para un Programa Integrado de Cooperación Técnica eficaz y sostenible

A.1168(32) Relaciones con las organizaciones intergubernamentales

A.1169(32) Relaciones con organizaciones no gubernamentales

A.1170(32) Día Internacional de la Mujer Marítima

A.1171(32) Revisión del Reglamento Financiero de la Organización

A.1172(32) Instar a los Estados Miembros a aceptar las Enmiendas al Convenio de la OMI

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Asamblea de la OMI

La Asamblea está abierta a los 175 Estados Miembros de la OMI y a tres Miembros Asociados. También asisten observadores de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales.

La Asamblea es el órgano rector supremo de la Organización. Está compuesta por todos los Estados Miembros y se reúne una vez cada dos años en sesiones ordinarias, pero también puede reunirse en sesión extraordinaria, si es necesario. La Asamblea es responsable de aprobar el programa de trabajo, el presupuesto y determinar las disposiciones financieras de la Organización. La Asamblea también elige a los Miembros del Consejo. Además, la Asamblea adopta ciertas resoluciones emanadas de los cinco Comités de la OMI y respalda las acciones del Consejo con respecto a la admisión de nuevas organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales en calidad de observadores. La Asamblea también adopta enmiendas a ciertos tratados, si un Comité no puede hacerlo.

Documentos de la Asamblea: IMODOCS

Mesa de la Asamblea

La Asamblea eligió la siguiente Mesa

Presidente de la Asamblea

Excmo. Sr. D. Antonio Manuel R. Lagdameo, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario y Representante Permanente de Filipinas ante la OMI.

Vicepresidentes

Vicepresidenta 1ª: Excma. Sra. Dña. Linda Scott, Alta Comisionada y Representante Permanente de Namibia ante la OMI.

Vicepresidente 2º: Excmo. Sr. D. Raffaele Trombetta, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario y Representante Permanente de Italia ante la OMI.

Presidente del Comité 1, Excmo. Sr. D. Laurent Parenté, Embajador y Representante Permanente de Vanuatu ante la OMI, y Presidente del TCC.

Presidenta de la Comisión 2, Dña. Marina Angsell, Jefa de la Sección de Enlace Internacional, Departamento de Aviación Civil y Asuntos Marítimos, Agencia Sueca de Transporte, y Presidenta de la FAL.

Presidenta del Comité de Credenciales, Sra. Małgorzata Buszyńska de Polonia.