Basura marina
Los residuos marinos suponen un enorme problema para nuestros océanos, y algunos científicos advierten de que, para 2050, la cantidad de plásticos en el océano superará a la de peces.
Los residuos marinos son cualquier material sólido de larga duración, fabricado por el ser humano, que acaba en el océano o en las costas. Se reconocen como una amenaza para la salud de los océanos desde la década de 1970, lo que ha dado lugar a normativas internacionales para ayudar a prevenir su propagación.
Los residuos plásticos son motivo de especial preocupación debido a su increíble resistencia y durabilidad, lo que significa que pueden permanecer en el océano durante décadas o incluso siglos, lo que los convierte en una de las amenazas más persistentes para la vida marina.
La OMI lleva 50 años regulando los residuos marinos, desde los vertidos operativos de los buques hasta el vertido de residuos en el mar. Más recientemente, la OMI ha centrado sus esfuerzos en abordar el problema de la contaminación marina por plásticos.
La OMI ha adoptado la Estrategia 2026 y el Plan de Acción para hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de buques. En ellosse establecen una serie de objetivos ambiciosos para reducir los residuos plásticos marinos generados por los buques pesqueros y recuperados por estos.
La OMI pone en marcha el Programa OceanLitter, cuyo objetivo es ayudar a los países en desarrollo a luchar contra los residuos plásticos marinos procedentes del transporte marítimo y la pesca.
¿Qué son los residuos marinos y por qué son perjudiciales?
Los residuos marinos son residuos sólidos de origen humano que acaban en el océano o a lo largo de las costas. Pueden ser vertidos deliberadamente, arrastrados por los ríos, el viento o las aguas residuales, perdidos en el mar (como artes de pesca o carga) o abandonados en las playas.
Se sabe que los residuos marinos, incluidos los plásticos y los microplásticos, proceden en grandes cantidades de fuentes terrestres, pero también pueden tener su origen en los buques y las actividades pesqueras. Pueden incluir, entre otros, residuos domésticos y operativos, residuos de la carga, cenizas de incineradoras, aceite de cocina o artes de pesca.

En 2021,el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) estimó que los océanos contenían entre 75 y 199 millones de toneladas de plástico. Si no se toman medidas urgentes, la cantidad de residuos plásticos que entran en los ecosistemas acuáticos podría triplicarse para 2040 en comparación con 2016, alcanzando entre 23 y 37 millones de toneladas al año.
Los residuos marinos provocan una amplia gama de repercusiones medioambientales, económicas, de seguridad, sanitarias y culturales. La basura y los plásticos flotantes pueden suponer un peligro para la navegación y enredarse en las hélices y los timones de los barcos.
Los animales marinos pueden quedar atrapados dentro de contenedores o estrangulados por redes o cuerdas. Los microplásticos también pueden entrar en la cadena alimentaria, ya que son indigestibles cuando se ingieren.
Los residuos marinos pueden ser transportados a grandes distancias y suponer una carga para comunidades que no son responsables de su generación.
El Grupo Conjunto de Expertos sobre los Aspectos Científicos de la Protección del Medio Marino (GESAMP), un órgano consultivo de las Naciones Unidas, publicó dos estudios (en 2015 y2016) en los que se ponía de relieve la existencia de microplásticos en el medio marino. La OMI desempeña las funciones de Secretaría del GESAMP.
¿Qué ha hecho la OMI para regular los residuos marinos?
ConvenioMARPOL
La OMI fue pionera en la prohibición del vertido de residuos y plásticos desde los buques en cualquier lugar del mar hace casi 40 años, con el anexo V del Convenio internacional para la prevención de la contaminación por los buques (MARPOL). En la actualidad, 156 países se han adherido al anexo V del Convenio MARPOL.
Gestión de residuos
El anexo V del Convenio MARPOL prohíbe el vertido al mar de todo tipo de basura desde los buques, salvo en los casos expresamente permitidos en dicho anexo. Desde 1988, este tratado prohíbe el vertido al mar de plásticos, incluidos los artes de pesca desechados, desde los buques.
Los buques (de 12 metros o más de eslora) y las plataformas fijas o flotantes deben exhibir carteles que informen a la tripulación y a los pasajeros de los requisitos de vertido. Además, todos los buques de 100 toneladas de arqueo bruto o más, certificados para transportar a 15 personas o más, o todas las plataformas fijas o flotantes, deben llevar a bordo un plan de gestión de residuos.La Resolución MEPC.220(63) establece las Directrices de 2012 para la elaboración de planes de gestión de residuos.
Aquípuede consultar los diferentes tipos de residuos contemplados en el anexo V.
Zonas especiales
Las prohibiciones del anexo V del Convenio MARPOL se aplican a todos los buques, es decir, a todas las embarcaciones de cualquier tipo que operen en el medio marino, reconociendo que algunas zonas marinas requieren un mayor grado de protección y pueden ser designadas como «zonas especiales» en virtud del Convenio MARPOL.
Actualmente, hay ocho zonas especiales: el mar Mediterráneo, el mar Báltico, el mar Negro, el mar Rojo, las zonas de los «golfos», el mar del Norte, la región del Gran Caribe —incluidos el golfo de México y el mar del Caribe— y la zona antártica. Todas las zonas designadas han entrado en vigor, excepto el mar Negro y el mar Rojo, debido a que no se han recibido notificaciones suficientes sobre instalaciones de recepción adecuadas.
Instalaciones portuarias de recepción
La capacidad de los buques para cumplir los requisitos de descarga del Convenio MARPOL depende en gran medida de la disponibilidad deinstalacionesportuariasde recepciónadecuadas, especialmente en las zonas especiales.
La OMI recuerda alas Partes del Anexo V del Convenio MARPOL (MEPC.1/Circ.893, julio de 2021) su obligación, en virtud de la regla 8 del Anexo V del Convenio MARPOL, de garantizar la provisión de instalaciones adecuadas en los puertos y terminales para la recepción de basuras, incluidos los residuos plásticos procedentes de buques y de los artes de pesca.
Plástico de un solo uso
Las directrices adoptadas por la OMI recomiendan que «todos los armadores y operadores de buques reduzcan al mínimo la carga a bordo de materiales que puedan convertirse en residuos». Entre las sugerencias figuran:
- utilizar suministros que vengan en envases a granel, teniendo en cuenta factores como una vida útil adecuada (una vez abierto el envase) para evitar el aumento de los residuosasociados a dichos productos;
- utilizar suministros que vengan en envases y recipientes reutilizables o reciclables;
- evitar, siempre que sea posible, el uso de vasos, cubiertos, platos, toallas y trapos desechables, así como otros artículos de uso cotidiano; y
- evitar los suministros envasados en plástico, a menos que se utilice plástico reutilizable o reciclable.
Las directrices recomiendan que los fabricantes, los propietarios de la carga, los puertos y las terminales, los armadores y operadores, así como los gobiernos, consideren la gestión de los residuos asociados a los suministros, las provisiones y las cargas de los buques según sea necesario para minimizar la generación de residuos en todas sus formas.
Descargueaquíla Resolución MEPC.295(71) — Directrices de 2017 para la aplicación del Anexo V del Convenio MARPOL.

Notificación obligatoria de contenedores perdidos
La OMI ha adoptado enmiendas a los Convenios MARPOL y SOLAS sobre la notificación obligatoria de contenedores perdidos. Los contenedores perdidos por la borda pueden suponer un grave peligro para la navegación y la seguridad en el mar, así como para el medio ambiente marino.
- MARPOL: Artículo V del Protocolo I (Disposiciones relativas a la notificación de incidentes relacionados con sustancias nocivas), que hace referencia a un procedimiento para la notificación de contenedores de carga perdidos (véaseMEPC 81).
- SOLAS: Capítulos II-2 y V sobre la notificación de contenedores perdidos (véaseMSC 108).
Las enmiendas entrarán en vigor el 1 de enero de 2026 y exigirán que el capitán de todo buque implicado en la pérdida de uno o varios contenedores de carga comunique los detalles de dicho incidente a los buques que se encuentren en las proximidades, al Estado ribereño más cercano y al Estado de abanderamiento.
Gránulosde plástico
La OMI comenzó a abordar la cuestión del transporte de gránulos de plástico tras elincidente delX-PressPearl frente a las costas de Sri Lanka en febrero de 2021. A raíz de un incendio a bordo y del posterior hundimiento del buque, se vertieron gránulos al medio marino y varias toneladas de ellos llegaron a la costa.
En abril de 2026, la 84.ª reunión del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 84) acordó elaborar un código obligatorio que regulase el transporte marítimo de gránulos de plástico en contenedores de carga, en el marco del Anexo III del Convenio MARPOL y/o del Convenio SOLAS, siguiendo la recomendación del Subcomité de Prevención y Respuesta a la Contaminación (PPR 13). Se encomendó al PPR 14 la redacción del código y la presentación de un informe al MEPC.
En marzo de 2024, la 81.ª sesión del MEPC aprobóel documentoMEPC.1/Circ.909 «Recomendaciones para el transporte marítimo de gránulos de plástico en contenedores de carga». La circular ofrece orientación sobre las normas de embalaje, la necesidad de que los expedidores faciliten claramente la información de transporte que identifique los contenedores que transportan gránulos de plástico y los métodos adecuados de estiba. Las «Recomendaciones para el transporte marítimo de gránulos de plástico en contenedores de carga» (MEPC.1/Circ.909) deben servir de base para el contenido del código, teniendo en cuenta la experiencia de los Estados miembros y las organizaciones internacionales en su aplicación.
Convenio de Londres y Protocolo de Londres
La OMI también ha reconocido la importancia de prevenir el vertido de diversos tipos de residuos, incluidos los plásticos, al mar a través del Convenio sobre la prevención de la contaminación marina por vertimiento de residuos y otras materias de 1972 (Convenio de Londres o LC) y su Protocolo de 1996 (Protocolo de Londres o LP).
La OMI desempeña las funciones de Secretaría delConvenio y del Protocolo de Londres. En la actualidad, 87 Estados son Partes en este Convenio.
Su objetivo es promover el control efectivo de todas las fuentes de contaminación marina y adoptar todas las medidas viables para prevenir la contaminación del mar por el vertido de residuos y otras materias.
En 1996 se adoptó el Protocolo de Londres para modernizar aún más el Convenio y, con el tiempo, sustituirlo. En virtud del Protocolo, queda prohibido todo vertido, salvo los residuos que puedan ser aceptables y que figuran en la denominada «lista inversa». El Protocolo de Londres entró en vigor el 24 de marzo de 2006.
Descargar: El Protocolo de Londres:qué es y por qué es necesario.
Estrategiade la OMIpara hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de buques
La 84.ª sesión del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 84) adoptó la Estrategia para 2026 y el Plan de Acción para hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de buques, reafirmando el objetivo de la OMI de lograr cero vertidos de residuos plásticos al mar procedentes de buques para 2030. Esta actualiza y sustituye a la Estrategia de 2021 y al Plan de Acción de 2025 para hacer frente a los residuos marinos, adoptados por el Comité de Protección del Medio Marino de la OMI (MEPC 83).
El Plan de Acción de 2025, que actualiza un plan anterior de 2018, se combinó con laEstrategia para hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de buques, adoptada por el MEPC 77 en 2021.
La Estrategia establece los objetivos de reducir los residuos plásticos marinos generados por los buques pesqueros y recuperados por estos, reducir la contribución del transporte marítimo a los residuos plásticos marinos y mejorar la eficacia de las instalaciones portuarias de recepción y del tratamiento de residuos a la hora de reducir los residuos plásticos marinos.
El Plan de Acción 2025 y la Estrategia tienen como objetivo:
Mejorar la sensibilización pública, la educación y la formación de la gente de mar
Mejorar la comprensión de la contribución de los buques a los residuos plásticos marinos
Mejorar la comprensión del marco normativo relacionado con los residuos plásticos marinos procedentes de los buques
Reforzar la cooperación internacional
Promover la cooperación técnica específica y el desarrollo de capacidades.
La Estrategia y el Plan de Acción respaldan el compromiso de la OMI de cumplir, para 2030,los objetivos establecidos en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las Naciones Unidas (ODS 14) relativo a los océanos.
- Consulte aquí la Estrategia para 2026 y el Plan de Acción para hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de los buques.
Seguimiento de los avances: del Plan de Acción de 2018 a 2025
El Plan de Acción inicial para hacer frente a los residuos marinos procedentes de buques proporcionó a la OMI un mecanismo para identificar resultados específicos y las medidas necesarias para alcanzarlos de una manera significativa y cuantificable.
Tras su adopción inicial, se ha avanzado en varias de las medidas identificadas, entre las que se incluyen:
Medidas del Plan de Acción de 2018 | Evolución |
Estudio propuesto sobre los residuos plásticos marinos procedentes de buques | Informe del GESAMP (2021): Publicación del informe «Fuentes marinas de residuos marinos»,leer. |
Análisis de la disponibilidad y la idoneidad de las instalaciones portuarias de recepción | Producto de conocimiento del proyecto GloLitter Partnerships: (2025): Curso de formación en línea sobre el Anexo V del Convenio MARPOL; realiza el curso gratuito. (2023): Seminario web global organizado por la OMI sobre cómo elaborar un plan de gestión de residuos portuarios; ver elseminario web. (2023):Publicación del «Documento de orientación sobre la realización de estudios de viabilidad técnico-económica para el establecimiento de instalaciones portuarias de recepción de residuos plásticos», leer eldocumento. (2022): Publicación del «Documento de orientación sobre la elaboración de planes de gestión de residuos portuarios»; lea el documento. |
Estudio de la posibilidad de hacer obligatorio el marcado de los artes de pesca, en colaboración con la FAO | MEPC 84 (2026): Aprobación de una circular que promueva la aplicación de sistemas de marcado de los artes de pesca, en consonancia con las Directrices voluntarias de la FAO sobre el marcado de los artes de pesca (VGMFG). Producto de conocimiento del proyecto GloLitter Partnerships (2023): Seminario web global organizado por la OMI y la FAO sobre el desarrollo de políticas y legislación nacionales relativas a las fuentes marinas de residuos plásticos, ver el seminario web. MEPC 78 (2022): La mayoría de las delegaciones apoyaron que se hiciera obligatorio el marcado de los artes de pesca en virtud del anexo V del Convenio MARPOL. |
Fomento de la notificación de la pérdida de artes de pesca | PPR 12 (2025): Debates avanzados sobre la creación de una base de datos gestionada por la OMI para notificar artes de pesca abandonadas o perdidas, que incluya detalles sobre el buque, el suceso y las artes, con una aclaración sobre los campos obligatorios frente a los voluntarios. MEPC 79 (2022): Se aprobaron enmiendas al anexo V del Convenio MARPOL (Resolución MEPC.360(79)), que exigen que los buques de 100 GT o más mantengan un libro de registro de residuos (anteriormente, solo era obligatorio para buques de más de 400 GT). Producto de conocimiento del Proyecto de Colaboraciones GloLitter(2022):Publicación del estudio «Aspectos jurídicos de los artes de pesca abandonados, perdidos o desechados de cualquier otra forma»; leer elestudio. Producto de conocimiento del proyecto GloLitter Partnerships(2022):Publicación del«Informe sobre buenas prácticas para prevenir y reducir los residuos plásticos marinos procedentes de las actividades pesqueras»; leer elinforme. |
Facilitar la entrega de los artes de pesca recuperados a las instalaciones en tierra | MEPC 79 (2022): Se aprobaron enmiendas al Anexo V del Convenio MARPOL (Resolución MEPC.360(79)), que exigen a los buques de 100 GT o más llevar un libro de registro de residuos, en el que se incluyan todas las descargas y pérdidas accidentales. Producto de conocimiento del proyecto GloLitter Partnerships(2022):Publicación de «Notificación y recuperación de artes de pesca perdidas: recomendaciones para el desarrollo de programas eficaces»; leer elinforme. |
Revisión de las disposiciones relativas a la formación del personal de los buques pesqueros y a la familiarización de la gente de mar para garantizar la concienciación sobre el impacto de los residuos plásticos marinos | En curso, como parte de la revisión exhaustiva del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, de 1978 (Convenio STCW). |
Estudio de la creación de un mecanismo obligatorio para declarar la pérdida de contenedores en el mar e identificar el número de pérdidas | MSC 108 (2024): Las enmiendas al capítulo V del Convenio SOLAS y al Protocolo I del Convenio MARPOL (con efecto a partir del 1 de enero de 2026) exigen que los buques notifiquen inmediatamente los contenedores perdidos o a la deriva a los buques cercanos, al Estado ribereño más próximo y al Estado de abanderamiento, que deberá remitir la información a la OMI a través del GISIS. |
Sensibilización de la opinión pública | La OMI sigue sensibilizando a la opinión pública mundial sobre la protección de los océanos frente a los residuos marinos a través de su Programa OceanLitter y otras iniciativas relacionadas. Entre otras cosas, esto incluye el lema del Día Marítimo Mundial de 2025, «Nuestro océano, nuestra obligación, nuestra oportunidad», y la participación activa en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos de 2025, presidida por el secretario general. |
Fortalecimiento de la cooperación internacional, en particular con la FAO y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) | (2024): Creación del marco general OMI-FAO «Programa OceanLitter», que coordina el Proyecto de Alianzas GloLitter, el Proyecto RegLitter y el Proyecto PRO-SEAS para lograr un mayor impacto. (2019): Creación del proyecto de asociaciones GloLitter de la OMI y la FAO. |
ProgramaOceanLitter para hacer frente a los residuos plásticos procedentes del transporte marítimo y la pesca
Dirigido por la OMI y ejecutado en colaboración con la FAO, el Programa OceanLitter abarca tres proyectos: «GloLitter Partnerships», «RegLitter» y «PRO-SEAS».
El programa presta apoyo a los países en desarrollo, incluidos los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países menos adelantados, para identificar oportunidades de prevención y reducción de los residuos plásticos marinos procedentes de fuentes marítimas en los sectores del transporte marítimo y la pesca.
La iniciativa presta su apoyo mediante reformas legales, normativas e institucionales. Promueve la creación de instalaciones portuarias adecuadas para la recepción de residuos plásticos, empodera a las mujeres para que encuentren soluciones, impulsa sistemas de marcado para combatir el abandono de artes de pesca y establece alianzas para compartir las mejores prácticas entre regiones.
El Programa OceanLitter se centra en una serie de ámbitos identificados en el Plan de Acción de la OMI para 2025, adoptado para hacer frente a los residuos plásticos marinos procedentes de buques, así como en medidas complementarias señaladas por la FAO, entre las que se incluye el apoyo a las disposiciones de lasDirectrices voluntarias de la FAOsobreel marcado de los artes de pesca,recientemente aprobadas.
Proyecto«GloLitter Partnerships»
Creado en 2020, elproyecto «GloLitter Partnerships» fue el primer proyecto del Programa OceanLitter, financiado inicialmente por el Gobierno de Noruega.
GloLitter Partnerships tiene como objetivo ayudar a los sectores marítimo y pesquero a avanzar hacia un futuro con un bajo consumo de plásticos. El proyecto ayuda a los sectores del transporte marítimo y la pesca de los países en desarrollo a identificar oportunidades para prevenir y reducir los residuos plásticos marinos mediante la reutilización y el reciclaje de los plásticos.
GloLitter Partnerships evalúa la disponibilidad y la idoneidad de las instalaciones portuarias de recepción y trata de sensibilizar sobre el problema de los residuos plásticos marinos en los sectores del transporte marítimo y la pesca, incluyendo a la gente de mar y a los pescadores. En este sentido, el proyecto fomenta el marcado de los artes de pesca para que, en caso de ser desechados, se pueda rastrear a sus propietarios.
El proyecto elabora documentos de orientación, materiales de formación y kits de herramientas para ayudar a hacer cumplir la normativa vigente e incluye la participación del sector privado a través de una alianza industrial global (GIA).
Para obtener más información sobreel proyecto «GloLitter Partnerships».
ProyectoRegLitter
El proyecto RegLitter, puesto en marcha en noviembre de 2023, está financiado por la República de Corea y se centra en la acción en la región asiática.
Proyecto PRO-SEAS
La OMI y la FAO firmaron el acuerdo con motivo del Día Marítimo Mundial de 2025. La iniciativa se centrará en Costa Rica, Jamaica, Kenia y Vanuatu.
Acción mundial contra los residuos marinos
La OMI colabora con otras organizaciones de las Naciones Unidas para poner de relieve el problema de los residuos marinos y promover la acción global para combatirlo.
La OMI es uno de los socios de la Alianza Mundial contra los Residuos Marinos (GPML), gestionada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), y codirige, junto con la FAO, las actividades relacionadas con las fuentes marinas de residuos marinos. En el marco de esta alianza, se han llevado a cabo varias actividades, entre ellas la elaboración de un paquete formativo sobre el anexo V del Convenio MARPOL y las instalaciones portuarias de recepción, así como un análisis de los plásticos en los flujos de residuos en el marco del Convenio y el Protocolo de Londres.
La OMI ha contribuido al desarrollo del curso en línea masivo y abierto (MOOC) sobre residuos marinos. El MOOC se ha creado con el fin de fomentar el liderazgo y ofrece oportunidades de aprendizaje práctico y orientado al cambio en relación con los residuos marinos.
Estudios e informes
- Cómo realizar el seguimiento de los plásticos en los océanos: Directrices para el seguimiento y la evaluación de los residuos plásticos y los microplásticos en el océano
Descárgalo gratuitamente desde la página web del GESAMPaquí.
- Qué se puede hacer con las pequeñas embarcaciones de recreo al final de su vida útil:Gestión al final de la vida útil de las embarcaciones de plástico reforzado con fibra: alternativas al vertido en el mar
Más información sobre las soluciones existentesaquí.
- Los residuos de raspado de cascos y los recubrimientos marinos como fuente de microplásticos: Los residuos de raspado de cascos y los recubrimientos marinos como fuente de microplásticos
Descarga el estudioaquí.
- Microplásticos en el medio marino: fuentes, destino y efectos de los microplásticos en el medio marino (Parte 2)
Descarga el informeaquí.
Más información sobre:El reciclaje de buques y el Convenio de Hong Kong
