Navegación autónoma
La innovación tecnológica en la industria marítima está dando lugar a rápidos avances que verán el uso comercial de buques autónomos, tanto si se controlan a distancia como si son totalmente autónomos. Este cambio exige una reglamentación sólida para garantizar la seguridad de la vida en el mar, así como de la carga a bordo y del propio buque.
La OMI se propone integrar las tecnologías nuevas y avanzadas en su marco reglamentario, equilibrando los beneficios derivados de las tecnologías nuevas y avanzadas con las preocupaciones en materia de seguridad y protección, el impacto en el medio ambiente y en la facilitación del comercio internacional, los costes potenciales para el sector y su impacto en el personal, tanto a bordo como en tierra. La OMI quiere garantizar que el marco reglamentario para los buques de superficie autónomos marítimos (MASS) siga el ritmo de los avances tecnológicos que evolucionan rápidamente.
En 2021, la OMI llevó a cabo un ejercicio de alcance reglamentario sobre los buques de superficie marítimos autónomos con el fin de evaluar los instrumentos existentes de la OMI para ver cómo podrían aplicarse a los buques que utilizan diversos grados de automatización. El ejercicio de alcance normativo (RSE) para los tratados de seguridad finalizó en el 103ºperiodo de sesiones del MSC, en mayo de 2021, y para los tratados que son competencia del Comité Jurídico, en su 108º periodo de sesiones, en julio de 2021. El Comité FAL aprobó el resultado del RSE de los tratados de su competencia en el FAL 46 de mayo de 2022.
Desarrollo de un Código MASS
Tras la finalización del ejercicio de delimitación del alcance y los trabajos iniciados durante la 105ª sesión del MSC, el MSC ha estado elaborando un proyecto de instrumento basado en objetivos que regule el funcionamiento de los buques de superficie marítimos autónomos.
MSC108 (mayo de 2024) aprobó el informe de la tercera sesión del Grupo de Trabajo Conjunto MSC-LEG-FAL sobre MASS (MASS-JWG 3).
El MSC 109 (diciembre de 2024) acordó una hoja de ruta revisada para el desarrollo de un Código MASS, como sigue:
Mayo de 2026 - finalizar y adoptar un Código MASS no obligatorio;
Diciembre de 2026 - desarrollar un marco para una fase de creación de experiencia (EBP) posterior a la adopción del Código MASS no obligatorio;
2028 - inicio del desarrollo del Código MASS obligatorio, basado en el Código no obligatorio y en los resultados de la EBP y de la revisión llevada a cabo por los subcomités pertinentes, y consideración de las enmiendas al SOLAS (nuevo capítulo) para la adopción del Código;
A más tardar el 1 de julio de 2030 - adopción del Código obligatorio, para su entrada en vigor el 1 de enero de 2032.
Grupo de trabajo conjunto MSC/LEG/FAL
Se ha establecidoun Grupo de Trabajo Conjunto MSC/LEG/FAL como mecanismo transversal para abordar las cuestiones comunes identificadas por los ejercicios de alcance normativo para el uso del MASS llevados a cabo por cada uno de los tres Comités - MSC, Comité Jurídico y Comité de Facilitación.
El Grupo de TrabajoConjunto MSC/LEG/FAL sobre MASS (MASS-JWG) se reúne periódicamente(Resultados de estas sesiones en esta página).
Directrices provisionales para los ensayos de buquesautónomos
La 101ª sesión del Comité de Seguridad Marítima (MSC), celebrada en junio de 2019, aprobó las Directrices provisionales para los ensayos de buques autónomos marítimos de superficie (MASS).(MSC.1-Circ.1604).
Entre otras cosas, las directrices dicen que los ensayos deben llevarse a cabo de una manera que proporcione al menos el mismo grado de seguridad, Protección y protección del medio ambiente según lo dispuesto por los instrumentos pertinentes. Deben identificarse adecuadamente los riesgos asociados a los ensayos y adoptarse medidas para reducirlos al nivel más bajo razonablemente practicable y aceptable.
Todo el personal que participe en las pruebas MASS, ya sean operadores a distancia o a bordo, deberá estar debidamente cualificado y contar con la experiencia necesaria para llevar a cabo las pruebas MASS de forma segura. Deben tomarse las medidas adecuadas para garantizar una gestión suficiente de los riesgos cibernéticos de los sistemas y la infraestructura utilizados en la realización de los ensayos MASS.
¿Qué se examinó en el ejercicio de alcance reglamentario?
El ejercicio de delimitación del alcance se consideró un punto de partida que tocaba una amplia gama de cuestiones, como el elemento humano, la seguridad, la protección, la responsabilidad y la indemnización por daños, las interacciones con los puertos, el practicaje, las respuestas a los incidentes y la protección del medio marino. Supuso evaluar un número considerable de instrumentos de tratados de la OMI e identificar las disposiciones que:
se aplicaban al MASS e impedían las operaciones del MASS ;
se aplicaban al MASS y no impedían las operaciones del MASS y no requerían ninguna acción;
se aplican al MASS y no impiden las operaciones del MASS, pero pueden necesitar enmiendas o aclaraciones, y/o pueden contener lagunas;
no se aplican a las operaciones del MASS.
Los grados de autonomía identificados a efectos del ejercicio de delimitación del alcance fueron:
Grado uno: Buque con procesos automatizados y apoyo a la toma de decisiones. Los marinos están a bordo para operar y controlar los sistemas y funciones de a bordo. Algunas operaciones pueden estar automatizadas y, en ocasiones, no supervisadas, pero con marinos a bordo listos para asumir el control.
Grado dos: Buque teledirigido con marinos a bordo. El buque se controla y maneja desde otro lugar. Los marinos están disponibles a bordo para tomar el control y manejar los sistemas y funciones de a bordo.
Grado tres: Buque teledirigido sin marinos a bordo: El buque se controla y maneja desde otro lugar. No hay marinos a bordo.
Grado cuatro: Buque totalmente autónomo: El sistema operativo del buque es capaz de tomar decisiones y determinar acciones por sí mismo.
El resultado puso de relieve una serie de cuestiones de alta prioridad, que afectan a varios instrumentos, y que deberían abordarse a nivel político para determinar el trabajo futuro.Se trata del desarrollo de la terminología y las definiciones del MASS, incluida una definición de MASS acordada internacionalmente y la aclaración del significado de los términos "capitán", "tripulación" o "persona responsable", especialmente en los grados tres (buque controlado a distancia) y cuatro (buque totalmente autónomo) .
Otras cuestiones clave identificadas fueron la necesidad de abordar los requisitos funcionales y operativos de la estación/centro de control remoto y la posible designación de un operador remoto como marino.
Otras lagunas y temas potenciales comunes identificados en varios tratados de seguridad se referían a las disposiciones que contienen las operaciones manuales y las alarmas en el puente; las disposiciones relacionadas con las acciones del personal (como la extinción de incendios, la estiba y sujeción de la carga y el mantenimiento); el mantenimiento de la guardia; las implicaciones para la búsqueda y el salvamento; y la información necesaria a bordo para una operación segura.
¿Dónde puedo encontrar los resultados del ejercicio de alcance reglamentario?
Puede descargar los resultados de los ejercicios de alcance reglamentario de los tres Comités.
Resultado del RSE del Comité de Seguridad Marítima sobre tratados relacionados con la seguridad:
MSC.1-Circ.1638 - Outcome Of The Regulatory Scoping ExerciseFor The Use Of Maritime Autonomous Surface Ships... (Secretaría).pdf
Resultado del RSE del Comité FAL sobre el Convenio de facilitación:
FAL.5-Circ.49 - Outcome Of The Regulatory Scoping Exercise And Gap Analysis Of The Fal Convention With Res... (Secretaría).pdf
Resultado de la RSE del Comité Jurídico sobre tratados de responsabilidad e indemnización:
LEG.1-Circ.11 - Outcome Of The Regulatory Scoping Exercise And Gap Analysis Of Conventions Emanating From... (Secretaría).pdf
¿Por qué decidió la OMI examinar la reglamentación de los buques autónomos?
El Plan Estratégicode la OMI tiene una Dirección Estratégica clave: "Integrar las tecnologías nuevas y avanzadas en el marco reglamentario". Debido a las cuestiones transversales relacionadas con la explotación comercial de los buques autónomosque se identificaron en elejercicio de delimitación del alcance de la reglamentación,tres comités de la OMI -elComité de Seguridad Marí tima, el ComitéJurídico y el Comité de Facilitación- participan en los trabajos para garantizar que los instrumentos de la OMI se ajustan a su finalidad y tienen en cuenta los rápidos avances tecnológicos que se están produciendo.
¿Existen ya buques autónomos?
En algunas zonas marítimas se están probando buques autónomos y teledirigidos.
La mayoría de las previsiones apuntan a que el funcionamiento autónomo o semiautónomo se limitará a trayectos cortos, por ejemplo, de un puerto concreto a otro, a través de una distancia corta.
Seminarios sobre la MASA
¿Qué tratados se examinaron en el marco del ejercicio de alcance reglamentario?
Comité de Seguridad Marítima (CSM)
La lista de instrumentos que se contemplarán en el ejercicio de delimitación del MSC para el MASS incluye los que cubren
Seguridad y Protección Marítima (SOLAS);
reglamentos sobre colisiones (COLREG)
carga y estabilidad (Líneas de carga)
formación de marinos y pescadores (STCW, STCW-F)
búsqueda y salvamento (SAR);
arqueo (Convenio sobre arqueo); seguridad de los contenedores (CSC); e
instrumentos especiales para buques de pasaje de comercio exterior (SPACE STP, STP).
Comité de Facilitación
El Comité de Facilitación examinó el Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional (Convenio FAL) .
La RSE del Comité FAL concluyó que el Convenio FAL es capaz de abordar las operaciones MASS en el instrumento sin grandes enmiendas. Los resultados de la RSE demuestran principalmente que las secciones 1, 2 y 4 del Convenio FAL requieren una revisión o interpretación para dar cabida a las operaciones MASS. La mayoría de los requisitos de la sección 3 del Convenio FAL no son aplicables al MASS, aunque algunas disposiciones pueden requerir modificaciones. Las secciones 5, 6 y 7 no afectan al MASS y son aplicables en su redacción actual.
Comité Jurídico
El trabajo del Comité Jurídico sobre el ejercicio de delimitación del alcance concluyó, en general, que el MASS podría tener cabida en el marco regulador existente de los convenios LEG sin necesidad de grandes ajustes o de un nuevo instrumento. Mientras que algunos convenios pueden dar cabida al MASS tal y como están redactados, otros pueden requerir interpretaciones o enmiendas adicionales para abordar las posibles lagunas y temas que se pusieron de manifiesto a través de la RSE.
Se observó que tanto el Comité de Seguridad Marítima como el Comité Jurídico habían llegado a la conclusión de que el papel y las responsabilidades del capitán y del operador remoto eran cuestiones de alta prioridad que debían abordarse como base para futuros trabajos. Algunos términos jurídicos específicos requieren consideración en el contexto de los daños causados por la tecnología autónoma, como los conceptos de "culpa", "negligencia" e "intención".
La RSE del GEPMA llegó a la conclusión de que la mejor forma de abordar estas cuestiones sería de forma conjunta entre los comités, de modo que se tuvieran en cuenta tanto los aspectos técnicos y jurídicos como las cuestiones de responsabilidad, sin perder de vista los diferentes propósitos y funciones de los convenios que dependen del GEPMA y los que dependen del CSM.
Los más importantes son:
papel y responsabilidad del capitán
papel y responsabilidad del operador a distancia
cuestiones de responsabilidad;
definiciones coherentes/terminología de la MASA; y
transporte de certificados.
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) no se ha tenido en cuenta en el LEG RSE, ya que no es un convenio de la OMI. El MASS tendrá que operar dentro del marco legal de la UNCLOS y, por lo tanto, habrá que tener en cuenta la UNCLOS.