El Convenio se aplica al personal que presta servicio a bordo de buques pesqueros de navegación marítima de eslora igual o superior a 24 m.
El Convenio comprende 15 artículos y un anexo en el que figuran reglas de carácter técnico.
El capítulo I contiene las disposiciones generales y el capítulo II trata de la titulación de patrones, oficiales, oficiales de máquinas y radiooperadores.